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El Supremo condena al Algarrobico

El Alto Tribunal establece que los suelos en los que se levantó el hotel no son urbanizables, en contra de la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) que en marzo de 2014 falló a favor de la constructora del hotel, Azata del Sol.

Cualquiera que haya tenido la oportunidad de conocer el Parque Natural de Cabo de Gata-Níjar, en Almería, sabe que se trata de un lugar especial. Un paraje árido de origen volcánico único en Europa, con playas de aguas cristalinas y especies endémicas que convierten la zona en un lugar de incalculable valor ecológico. Es por ello que, en 1987, la Junta de Andalucía declaró Parque Natural sus 26.000 hectáreas, lo que lo convirtió en la primera reserva de estas características en Andalucía.

La construcción del monstruoso hotel del Algarrobico, a escasos metros de la orilla de la playa, levantó una oleada de indignación entre los grupos ecologistas. Las obras fueron paralizadas hace ahora diez años, un tiempo en el que sus 21 plantas y sus 411 habitaciones han permanecido intactas, a medio hacer. Como testigos perfectos de una época en la que la especulación urbanística y la destrucción de la costa eran moneda de cambio habitual.

Las distintas administraciones implicadas (el Ayuntamiento de Carboneras, la Junta de Andalucía y el Ministerio de Medio Ambiente) se enfrentaron desde entonces a una veintena de resoluciones judiciales que han tenido  su epílogo en el Tribunal Supremo. Tras dos semanas de intensa deliberación, el Alto Tribunal ha establecido que los suelos en los que se levantó el hotel no son urbanizables, lo que en la práctica condena al edificio a su desaparición.

La Sala de lo Contencioso del Alto Tribunal ha aceptado los recursos de la organización ecologista Greenpeace y de la Junta de Andalucía y ha anulado la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) que en marzo de 2014 falló a favor de la constructora del hotel, Azata del Sol.

«El tribunal ha decidido que en el particular relativo a la zonificación que de dichos terrenos de El Algarrobico la zonificación correcta no es la D2 (área urbanizable carente de interés ambiental protegido), como señalaba la sentencia impugnada», ha informado el Supremo. «Como consecuencia se establece que la zonificación que corresponde a los mismos es la C1 (área ambientalmente protegida)», en la que estaba prohibido construir.

Satisfacción ente los ecologistas

«Estamos felices, porque esto era una auténtica aberración», cuenta Pilar Marcos, de Greenpeace a La Marea. «No sólo las personas que formamos parte de Greenpeace, sino también muchos colectivos locales junto a los que llevamos desde 2003 diciendo que este hotel era ilegal. Por una vez, las leyes medioambientales parecen estar por encima de las urbanísticas».

De cara a la posible demolición, Greenpeace recuerda que en 2011 presentaron un plan para llevarla a cabo reciclando el 98% de los materiales y trabajar en la recuperación de la zona. «Un plan que demuestra que la protección del medio ambiente es también una oportunidad», apunta Marcos.

De cara a que la demolición del Algarrobico sea el desenlace final y que se produzca en un corto espacio de tiempo, desde la organización ecologista se muestran prudentes. «Hay que recordar que la constructora, Azata, pide una indemnización de 70 millones de euros. Existe una posibilidad de que lleve tiempo ver cómo el hotel desaparece del mapa». Ahora la pelota está en el tejado de la Junta de Andalucía y el Gobierno en funciones.

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