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Coste y financiación del Empleo Garantizado

El coste neto de aplicar en un solo año un EG para todos los desempleados españoles alcanza los 29.417.239.085 euros

Para estimar el coste aproximado de la aplicación de un Empleo Garantizado se lleva a cabo un cálculo de costes e ingresos basado en el método de Kaboub1, cuyas características se exponen a continuación.

Asumamos un ambicioso programa de EG que vaya destinado a la totalidad de las personas desempleadas del país: 5.622.900. La estructura salarial está compuesta por tres categorías dependiendo de la cualificación profesional: 7 €/h para los de cualificación alta, 6 €/h para los de cualificación media, y 5 €/h para los de cualificación baja. Asumimos que el 80% de los participantes solicitarán jornada completa (40 horas semanales), mientras el restante 20% lo hará a jornada parcial (20 horas a la semana). Por lo tanto, los que prefieran jornada completa cobrarán 1213 euros al mes (en 12 pagas al año) si tienen cualificación alta, 1040 euros al mes si tienen cualificación media, y 867 euros al mes si tienen cualificación baja. Suponemos que los trabajadores de alta, media y baja cualificación se distribuyen de manera uniforme. El coste de todo el material y equipamiento necesario para llevar a cabo las actividades del EG alcanza la suma de 3.157.820.640 euros. En consecuencia, el coste total bruto de la completa aplicación del programa en un año sería de 66.314.233.440 euros. A esta cantidad habría que restarle lo que el Estado se ahorra en otros gastos y también lo que recaudará por el efecto expansivo en la actividad económica.

Suponemos un modesto multiplicador keynesiano de 1,5, un tipo impositivo medio en el Impuesto de la Renta de las Personas Físicas del 9,22% y del 3,76% para el trabajador a jornada completa de alta y media cualificación, respectivamente, y un efecto en la recaudación por Impuesto de Sociedades (IS) del 7%. El trabajador a jornada completa de baja cualificación no tributa por no alcanzar el mínimo exento de 12.000 euros anuales. La recaudación por el IRPF sumaría entonces 2.716.505.459, y la derivada del Impuesto de Sociedades alcanzaría 4.420.948.896 euros. A ello habría que sumar la cantidad ahorrada en prestaciones por desempleo puesto que ya no habría ningún desempleado (29.727.530.000 euros). Estrictamente habría que restar otros gastos que con la aplicación del EG se reducirían o dejarían de existir (especialmente a medio plazo), como servicios penitenciarios, ayudas para atención psicológica, etc, pero no lo haremos para simplificar el cálculo y ofrecer un coste sobreestimado que permita situarnos en el peor de los casos posibles.

En consecuencia, el coste neto de aplicar en un solo año un EG para todos los desempleados españoles alcanza los 29.417.239.085 euros, un 2,88% del PIB español. A modo de comparación: esta cantidad es notablemente inferior a lo que el Estado español paga cada año por intereses de deuda pública (3,77% sobre el PIB); y muy inferior a lo que le ha costado al Estado rescatar a la banca española (6,3% sobre el PIB desde 2009 a 2012). Además, en nuestra propuesta el EG debería aplicarse por fases durante varios años. Si en el primer año se empleara, por ejemplo, a un millón de desempleados actuales (los más necesitados), el coste neto del EG para ese primer año (utilizando el mismo procedimiento de cálculo y ajustando el coste de prestaciones por desempleo y el ahorro en recaudación) sería del 1,03% del PIB. Una cantidad inferior a lo que le costó al Estado en sólo un año responsabilizarse de la pérdida de valor de las inyecciones en entidades nacionalizadas (1,08% del PIB).

Estamos hablando de cantidades perfectamente asumibles por el Estado español, y especialmente teniendo en cuenta que el cálculo expuesto sobreestima el coste del EG al suponer que todos los desempleados actuales pedirían incorporarse al programa de empleo y al no contabilizar los nuevos ingresos derivados de la reducción de la economía sumergida. Por otro lado, no podemos olvidar que este coste disminuirá conforme se recupere la actividad económica y el sector privado comience a generar puestos de trabajo, reduciéndose así el volumen de participantes del EG. En cualquier caso, el coste podría financiarse fácilmente de muchas maneras, entre las cuales sugerimos la siguiente.

En primer lugar hay que tener en cuenta que no debe asustarnos incurrir en mayor déficit público, puesto que ello estimula los beneficios empresariales así como la actividad económica, especialmente si este déficit público beneficia directamente a aquellos individuos y familias que tienen mayor propensión al consumo (como pretende un EG). Este inicial estímulo económico acabará redundando en beneficio de las arcas públicas a medida que el consumo y la inversión se recuperen, de forma que el incremento inicial de déficit público se irá atenuando con el paso del tiempo. El incremento de la deuda pública tampoco ha de preocuparnos siempre y cuando el BCE mantenga responsablemente el tipo de interés real de la deuda pública española en niveles reducidos1. Téngase en cuenta, además, que el ratio deuda/PIB puede ser perfectamente sostenible si el tipo de interés real de la deuda pública se mantiene por debajo del crecimiento del PIB2 (Galbraith, 2011). De hecho, la mejor forma de controlar y/o reducir el ratio deuda/PIB es estimulando la actividad económica, algo que ayuda a lograr satisfactoriamente la aplicación de un EG.

Sin embargo, una mejor forma de financiarse a bajos tipos de interés es recurriendo directamente a préstamos del BCE utilizando el Instituto de Crédito Oficial (ICO), pues esta entidad pública de crédito puede acceder a la ventanilla de la institución europea3 (a un coste inferior al que se financia el Estado español en la subasta de deuda pública). Así lo hizo ya el ICO en 2012 por valor de 20.000 millones de euros (un 1,96% del PIB) para financiar el gasto de las administraciones públicas españolas. Podría volver a hacerlo por una cuantía notablemente inferior y así financiar el primer año del EG.

En cualquier caso, esta forma de financiar el EG a través de endeudamiento público puede combinarse con la aplicación de una reforma fiscal progresiva como la que proponen los técnicos del sindicato de Hacienda. Las medidas propuestas son las siguientes: nuevo tipo del 35% del Impuesto de Sociedades a partir del millón de euros, reducción de la economía sumergida en 10 puntos, impuesto sobre la riqueza, prohibición de las operaciones en corto contra la deuda pública, restricciones al sistema de módulos, SICAV, tipo de la Renta del Ahorro, y ganancias patrimoniales especulativas, e impuesto a las transacciones financieras. El objetivo de esta reforma no sólo sería recaudatorio sino también avanzar en la progresividad del sistema tributario tal y como establece el artículo 31.1 de la Constitución Española.

Llevando a cabo una reforma fiscal semejante y atendiendo a las estimaciones de sus proponentes la recaudación superaría el 6,2% del PIB en un año, lo cual sería más que suficiente para aplicar la totalidad del EG propuesto. Como no es necesario recaudar tanto volumen de recursos y como buena parte de la financiación se obtendría a través de endeudamiento, hay mucho margen para relajar los elementos de la mencionada reforma fiscal.

En resumen, el coste de aplicar un EG en España es relativamente reducido y perfectamente asumible por el Estado, que lo puede financiar de varias formas diferentes. Además, los beneficios económicos y sociales superan por mucho el coste de aplicación. Nadie puede negarse a la materialización de un programa de EG recurriendo a argumentos relacionados con su coste económico.

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1 Kaboub, F. (2013). “The Low Cost of Full Employment in the United States”, en The Job Guarantee. Toward True Full Employment, editado por Murray, M. Y Forstater, M., Palgrave Macmillan, Nueva York.

2 Y ello no depende de cuán elevado sea el ratio deuda/PIB, a diferencia de lo que muchos economistas convencionales creen. El mejor ejemplo es observar la reciente evolución decreciente de la prima de riesgo española a pesar del aumento vertiginoso de la deuda pública emitida.

3 Galbraith, James K. (2011). “Is the Federal Debt Unsustainable?”, en Levy Economics Institute, Policy Note, 2011/2.

4 En el artículo 123.2 (antiguo 101 TE) del Tratado de funcionamiento de la Unión Europea se aclara que la prohibición de los créditos por el Banco Central Europeo y por los bancos centrales de los Estados miembros “no afectará a las entidades de crédito públicas, que, en el marco de la provisión de reservas por los bancos centrales, deberán recibir por parte de los bancos centrales nacionales y del Banco Central Europeo el mismo trato que las entidades de crédito privadas”.

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Comentarios
  1. Finalmente ¿En qué quedó la discusión sobre la contabilización o no de las cotizaciones sociales?
    A mi modo de ver, está claro que para que la propuesta sea viable la financiación de la Seguridad Social debe realizarse con cargo a los Presupuestos Generales del Estado y no con una caja a parte, como ahora.
    Actualmente existe cobertura sanitaria universal y también pensiones no contributivas, por tanto el gasto adicional en la seguridad social con el TG no sería tan significativo como dice Jorge García si este gasto se incluye en los presupuestos del estado.

  2. Eduardo, ¿porqué no consideras que ese EG va a generar rendimiento económico?
    Si alguien tiene que cuidar a mis padres, pongamos el caso, lo lógico sería que ellos pagasen con parte de su pensión al cuidador, ¿no?
    Eso dinero que mis padres pagarían irían a un fondo para financiar al EG.
    Vamos, que así los números te saldrían mejor y encima, a mi entender, sería más justo dentro de nuestra sociedad actual.

  3. Aquéllos que por la razón que fuera sólo pudiesen hacer jornada parcial y no optasen a más que un trabajo de baja cualificación cobrarían 433 euros al mes. Vamos!, un modelo ideal…

    • El Empleo Garantizado no es la panacea a los males que produce un sistema económico capitalista, pero sí los alivia. En el caso extremo que comentas, al menos cobraría algo, no como en la situación actual. Además no olvidemos que habría otros millones de empleados con salarios de jornada completa y por lo tanto con mayor remuneración.

  4. Gran trabajo, como siempre, Eduardo.
    Como comentas, sí es posible el Empleo Garantizado.
    Queda pendiente de la prioridad política

    • Ese cálculo tiene trampa
      En el coste está asumiendo sólo el salario neto (con más o menos 1000€ de media que por 12 meses son 12000 que por 5,6 millones son unos 67K millones).
      Pero en el coste bruto están omitiendo gastos por IRPF y cotizaciones sociales (que luego sí se los descuenta al tener en cuenta el aumento de los ingresos).
      Un salario neto mensual de unos 1000€ (que es el caso medio del artículo) supone un salario bruto anual de unos 15000€, que para los 5,6 millones de parados supone más o menos 85K millones y si le sumas las cotizaciones sociales, te vas al 125K millones.
      El doble

      • claro que hay cotizaciones sociales, pero el cálculo es del coste neto, porque las cotizaciones las paga el Estado (empleador) y las recibe el Estado (Seguridad Social). Lo que hablas del desfase es al fin y al cabo un apunte contable que no tiene ninguna repercusión a efectos prácticos. Dejo un artículo en el que traté el tema: http://eduardogarzon.net/es-bueno-o-malo-que-se-use-la-hucha-de-las-pensiones-para-comprar-deuda-publica-espanola/

        • Eduardo, que eres economista, hombre.

          Coste Neto = Coste bruto – LoQueTeAhorras

          En el Coste Bruto, no incluyes impuestos ni cotizaciones sociales.En LoQueTeAhorras sí te descuentas el IRPF y la partida de desempleo (29K millones)aunque el dinero se lo gaste y se lo ahorre el Estado.
          El coste neto sería la parte que el Estado se «gasta» y no se «ahorra», es decir, el salario neto de los 5,6 millones de empleados que son 6,7% del PIB. Es decir, más del doble de lo que has calculado.

          • Menos chulería: deberías dotarte de un poco de humildad y plantearte la posibilidad de que el que se está confundiendo eres tú.

            Venga, voy a hacerlo como tú dices: le pongo de coste las cotizaciones sociales del Estado, y le resto lo que recauda en cotizaciones. ¡Vaya! Es la misma cantidad; me sale lo mismo que si no hago nada. POR ESO no cuento nada.

            En cambio, lo que se ahorra por no pagar desempleo y lo que se recauda por IRPF e IS son cantidades que no son equiparables en cuantía a los gastos (que son de salario y de materiales), por lo que sí los cuento aunque los primeros haya que deducirlos de los segundos para obtener el coste neto. Yo no lo veo tan complicado, en serio.

        • Ya lo hemos debatido por facebook, pero añado por aquí otra cosa. Hay un gasto que creo que no estás teniendo en cuenta y que no es pequeño. Si vas a necesitar 3 o 4 puntos de PIB adicionales para financiar esto, cada año tienes que añadir los intereses de la deuda adquirida. Si el EG lo mantienes 5 años, para financiarlo a un tipo de interés del 2% me sale entre 0,3-0,4% PIB anual que habría que sumar al coste neto final.
          Además, el ICO casi nunca ha sido capaz (operativamente) de prestar de forma directa sino siempre a través de otras entidades (el caso que citas de 2012, es un ejemplo)

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