Economía | OTRAS NOTICIAS

¿Qué es el Trabajo o Empleo Garantizado?

El autor propone un plan para convertir las oficinas actuales el desempleo en oficinas "de empleo", mediante el Empleo Garantizado

Una oficina de empleo de Madrid. ARCHIVO / FERNANDO SÁNCHEZ

El Trabajo Garantizado o, siendo más rigurosos, Empleo Garantizado (EG, en adelante) parte de la premisa de que si bien es cierto que hoy día en nuestras sociedades hay muchísimas personas que no están ocupando ningún puesto de trabajo, también es cierto que hay mucho trabajo por hacer en nuestras comunidades. Que no haya empleo no quiere decir que no haya trabajo. Es profundamente absurdo y contraproducente en términos económicos y sociales que mantengamos inactivas a personas que pueden y desean trabajar mientras las necesidades de nuestros conciudadanos y de nuestro medio ambiente no estén cubiertas. En la actualidad necesitamos que cuiden de nuestros mayores, de nuestros hijos y de nuestros enfermos, que aumenten los servicios de ocio, deporte y cultura, que se cuiden las infraestructuras, pavimento y fachadas de muchos barrios de nuestras localidades, que se reforesten enormes extensiones de terreno, que se cuide la fauna y la flora de nuestro entorno, que aumenten y mejoren los servicios sanitarios, que se defienda a los grupos discriminados y a los más vulnerables, que se construyan y mantengan centros de producción de energía renovable, que se habiliten edificios para ganar en eficiencia energética, etc…

Por lo tanto, con un EG el Estado ofrece un empleo a cualquier persona que esté preparada y dispuesta para trabajar, sin importar su experiencia profesional, cualificación, sexo, renta o edad (Mitchell, 2013). Se trata de crear un puesto de trabajo acorde a las habilidades y conocimientos del desempleado en cuestión, y/o de procurarle la formación necesaria para llevar a cabo el tipo de actividades que haya decidido realizar –dentro de unos límites previamente fijados– (Minsky, 2008). Las tareas llevadas a cabo en el EG generalmente no deben competir con las actividades realizadas por el sector privado y por el sector público tradicional. Allí donde al empresario privado no le resulta rentable llegar y allí donde el Estado no ha decidido llegar, el EG encuentra su ámbito de aplicación. El control público permite reducir la discriminación racial, sexual y de cualquier otro tipo, a diferencia de lo que ocurre en el ámbito privado donde resulta más complicado supervisar al empleador en cuestión.

El Estado se encarga de remunerar el trabajo directamente mediante un pago a la cuenta bancaria del participante del EG, de forma que se eviten intermediarios y tentaciones perversas en la gestión del dinero. La retribución no es sólo salarial, sino que incluye también otros pagos no salariales como cotizaciones a la Seguridad Social, ayudas para transporte, permiso por vacaciones, por paternidad y maternidad, por enfermedad, etc. Mientras la financiación se centraliza en el Estado, la gestión y aplicación de los programas de empleos corresponde a las administraciones públicas locales y a las instituciones sin ánimo de lucro, que son las mejores conocedoras de las necesidades sociales y económicas concretas de las localidades, así como las que mayor experiencia tienen en el terreno (Tcherneva, 2012). No obstante, todo ciudadano u organización civil tiene derecho a proponer y decidir sobre el diseño concreto de los programas de empleo.

Al mismo tiempo que se logra el pleno empleo se satisfacen multitud de necesidades sociales, económicas y ecológicas. Los beneficios del EG son innumerables: producción de bienes y servicios (y por lo tanto aumento del PIB), generación de renta y riqueza, alivio de la pobreza, más y mejores construcciones comunitarias y redes sociales, mayor estabilidad social, política y económica, alivio de las enfermedades sociales derivadas del desempleo (problemas de salud física y mental, maltrato conyugal, consumo de drogas, delincuencia, etc; Cook et al, 2008; Wray y Forstater, 2004), además de otros numerosos multiplicadores sociales. El impacto económico y social global es superior a la suma de los impactos individuales debido a las sinergias y círculos virtuosos que se generan en un ambiente de mayor cohesión y paz social (Murray, 2013).

De hecho, algunas estimaciones apuntan a que cualquier programa de EG tiene un coste económico inferior al coste que supone lidiar con los problemas derivados del desempleo a través de prestaciones sociales como las de desempleo, ayudas a familias sin recursos, apoyo psicológico, servicios penitenciarios, etc (Harvey, 1995; 2011).

El salario en cualquier programa de EG ha de ser uniforme y debe establecerse a un nivel que permita unas condiciones de vida dignas (Minsky, 2008; Mitchell y Watts, 1997). La uniformidad es condición indispensable para evitar la competencia a la baja en los salarios, logrando que ese nivel de remuneración haga las veces de salario mínimo por debajo del cual ninguna persona trabajaría en el sector privado al tener la posibilidad de acogerse a un programa de EG de mejores condiciones. Los empleadores del sector privado se ven obligados a ofrecer salarios iguales o superiores a los ofrecidos en el EG, logrando así acabar de facto con todos los puestos de trabajo en los que no se garantizan condiciones laborales dignas. Algunos autores sugieren la posibilidad de que dentro del EG haya más de un tipo de remuneración (dos o tres), de forma que se pueda distinguir por niveles de experiencia y cualificación (Kaboub, 2013; Harvey, 2013), al modo en el que se hace en la esfera pública convencional. Según su visión, lo importante para evitar la competencia a la baja en los salarios no es que éstos sean uniformes, sino que sean fijos en cada uno de sus tramos.

Como consecuencia de la aplicación del EG buena parte de la economía sumergida afloraría, puesto que muchas actividades ocultas y que no se benefician de los derechos laborales vigentes serían abandonadas al existir una alternativa de empleo garante de derechos y estable (Wray, 2012). Ello aumentaría la recaudación tributaria del Estado, tanto por la vía de reducción de la economía sumergida como por el incremento en el número de trabajadores y del consumo derivado del mismo. Por otro lado, el EG logra reducir el coste por prestaciones de desempleo y otras ayudas públicas, de forma que el impacto en el saldo fiscal es menor de lo que a primera vista podría parecer.

Otros beneficios derivados de la aplicación del EG es que los participantes del programa mantienen y/o desarrollan sus conocimientos y habilidades (a diferencia de lo que les ocurriría estando desempleados), lo que permite a) incrementar la productividad del trabajo y b) mantenerse preparados para acceder a puestos más cualificados y de mayor remuneración (Mitchell, 2013). Cuando los empresarios del sector privado necesiten contratar a nuevos trabajadores, pueden acudir a la cartera de participantes del EG. Esto ocurrirá en períodos de expansión económica. En cambio, en tiempos de recesión ocurrirá el proceso contrario: los empresarios despedirán a sus trabajadores y éstos tendrán la posibilidad de acogerse a un programa de EG, donde no perderán sus hábitos y prácticas. Las oficinas actuales del desempleo pasan a convertirse en oficinas de empleo, donde efectivamente conectan demandantes de empleo con oferentes.

Referencias bibliográficas

Cook, B., Mitchell, W., Quirk, V. Y Watts, M., (2008). Creating Effective Local Lbaor Markets. A New Framework for Regional Employment Policy, Centre of Full Employment and Equity, Newcastle, Australia.

Harvey, P. (2013). “Wage Policies and Funding Strategies for Job Guarantee Programs”, en The Job Guarantee. Toward True Full Employment, editado por Murray, M. Y Forstater, M., Palgrave Macmillan, Nueva York.

Kaboub, F. (2013). “The Low Cost of Full Employment in the United States”, en The Job Guarantee. Toward True Full Employment, editado por Murray, M. Y Forstater, M., Palgrave Macmillan, Nueva York.

Minsky, H. (2008). Stabilizing an Unstable Economy (2nd ed.), McGraw Hill, New York.

Mitchell, B. (2013). What is a Job Guarantee?, artículo publicado en Billy Blog el 5 de mayo de 2013.

Mitchell, W. Y Watts, M. (1997). “The Path to Full Empoyment”, en The Australian Economic Review, 30(4): 436-443.

Murray, M. (2013). “Effective Demand, Technological Change, and the Job Guarantee Program”, en The Job Guarantee. Toward True Full Employment, editado por Murray, M. Y Forstater, M., Palgrave Macmillan, Nueva York.

Tcherneva, P. (2012). “Evaluating the economic and enviromental viability of Basic Income and Job Guarantee”, en Environment and employment: A Reconciliation, edited by Philip Lawn, Routledge, Londres.

Wray, L. y Forstater, M. (2004). “Full Employment and Social Justice”, en The Institutionalist Tradition in Labor Economics, Editado por Champlin, D. Y Knoedler, J., Sharpe, Nueva York.

Wray, L. (2012). Modern Money Theory. A primer on Macroeconomics for Sovereign Monetary Systems, Palgrave Macmillan, Nueva York.

[Eduardo Garzón es autor del blog Saque de Esquina]

faldoncino

Si te gusta este artículo, apóyanos con una donación.

¿Sabes lo que cuesta este artículo?

Publicar esta pieza ha requerido la participación de varias personas. Un artículo es siempre un trabajo de equipo en el que participan periodistas, responsables de edición de texto e imágenes, programación, redes sociales… Según la complejidad del tema, sobre todo si es un reportaje de investigación, el coste será más o menos elevado. La principal fuente de financiación de lamarea.com son las suscripciones. Si crees en el periodismo independiente, colabora.

Comentarios
  1. Una actividad que podría realizarse mediante la GE es la fabricación de productos sin obsolescencia o que la minimicen. Creo que tendrían cierta demanda que el mercado no tiene interés en cubrir. Además en este caso se autofinanciaría en la medida en que se ajustara a dicha demanda. En parte esto entraría en competencia con el mercado pero ¿qué hay de malo en ello? ¿Por qué es un tabú? ¿No alardean de que lo producido en el mercado es mejor? ¿Por qué deben temer esa competencia al menos en los casos en que pueda autofinanciarse (no basada en el dumping de cubrir costes con impuestos)? Tanto en el caso de estas producciones no ofrecidas por el mercado como, en general, al cubrir la escasez de puestos de trabajo, la GE no estaría haciendo nada más que solventar la insuficiencia del mercado.

    Y quizá esto es lo que los economistas convencionales no quieren reconocer: que el mercado es insuficiente por naturaleza, que nunca llega a todos, que además nunca se sacia de crecer y de devorar los recursos físicos del planeta, y que de hecho se nutre de la explotación que genera su propia insuficiencia; se aprovecha de la necesidad de crecimiento que inserta en la sociedad. Si no hay crecimiento (explotación humana y ambiental) no se renovará un nuevo ciclo de aproximación hacia el pleno empleo, una aproximación siempre incompleta. Lo que en el fondo subyace es un sistema de servilismo y desigualdad que favorece a la minoría que lo impone con su poder económico.

    Incluso si la GE ofrece servicios que ya ofrece el mercado pero con cargo a impuestos se estará cubriendo una insuficiencia del mercado en la medida en que muchas personas no pueden permitirse acceder a los mismos en el sector privado. En tanto estos servicios cubran verdaderas necesidades, (y no lujo despilfarrador de recursos materiales), sería una oferta necesaria y saludable. Vendría a ser, por ejemplo, una ampliación de la oferta sanitaria. En realidad, como dices en el anterior comentario, todo esto no es más que una ampliación de lo que ya ofrece el estado pero con una diferencia esencial: no se deja en el paro a nadie que quiera trabajar. Esa sería la aportación sustancial de una GE; una aportación que más allá de ayudar a las personas tendría implicaciones en el mercado y en su insoslayable necesidad de crecer explotando su entorno social y ambiental.

    Ni que decir tiene que una condición previa es recaudar más para el estado. A diferencia de una Renta Básica, que no quitaría dinero de la economía privada sino que sólo la redistribuiría de forma más equitativa, (y de la que también soy partidario), la GE requiere un trasvase de recursos al estado para que este pueda implementar estos planes de empleo. Pero ya sabemos que hay mucho margen para desarrollar ambas cosas:
    – El número de millonarios crece en España un 24% y supera las 460.000 personas – http://www.eldiario.es/economia/numero-millonarios-Espana-supera-personas_0_313568805.html
    – Los millonarios (0,7% de la población mundial) siguen acaparando más parte de la tarta: del 41% (2013) al 44% (2014) – https://twitter.com/nomasdeunmillon/status/522035437649801216

    Lo que resulta escandaloso y desequilibrador es que la recaudación de impuestos no se flexibilice al ritmo de los ciclos del mercado de forma que cubra sus insuficiencias: en épocas de contracción tendría que haber más recaudación entre quienes han ganado en la oleada anterior para dedicarlo a la inversión pública, y en épocas de expansión, menos recaudación para permitir la autofinanciación de la inversión privada. El efecto conjunto sería no depender del crecimiento para garantizar la inclusión, permitiendo así imponer fuertes restricciones ambientales (abandono de energía fósil y cierre de ciclos de materiales, entre otras medidas necesarias para no caer en un crecimiento antieconómico como el que definía Herman Daly). Otra forma más sencilla de hacer esto (si recuperásemos el control de la moneda) sería gestionar la emisión de dinero (sin deuda) privando a la banca de esa prerrogativa: http://www.dineropositivo.es/

  2. Hola Nacho. Muy buena cuestión pones sobre la mesa.

    En efecto, hay muchas de estas actividades que ya se realizan. La cuestión es que precisamente la mayoría de las tareas no públicas se realizan al margen de los cauces laborales y fiscales (cuidado de ancianos y de niños, espectáculos de arte callejeros, apoyo académico a estudiantes, etc). En estos casos el EG lo que hace es competir con estas actividades de economía sumergida, de forma que las hará aflorar. Convertirá estas actividades opacas en actividades legales (mejorará condiciones de trabajadores, mejorará el PIB, el fondo de SS y la recaudación tributaria). Los que hoy día se dedican a ello serían los que seguirían realizando las actividades pero en un marco legal. Piensa que si hoy día se realizan al margen de la ley es porque de otra forma le sería muy caro al empleador, ¡pero es que ahora el que financia sería el Estado! Así que no hay problema; mejor.

    Hay otras actividades que las realiza ya el sector público (competiciones deportivas, rehabilitación del patrimonio, etc) o el sector privado sin ánimo de lucro (cobijo a personas necesitadas, provisión de alimentos, etc). En este caso no se compite, sino que se amplía el ámbito de aplicación. Nunca viene mal realizar más competiciones deportivas, más proyectos de reforestación, más servicios de reciclaje, más rehabilitación del patrimonio, etc. En realidad consiste en ampliar la esfera pública actual con este tipo de tareas necesarias pero que hoy día no se llevan a cabo.

    Estoy seguro de que en algunas actividades se entrará directamente en competencia directa y pondrá en un aprieto a algunas personas del sector privado, pero en cualquier caso no será en una cuantía importante y al fin y al cabo siempre podrán acogerse al EG si su negocio no les va bien. Les supondrá un coste pero creo que es pequeño, inevitable, y considerando toda la sociedad los beneficios compensarán esos costes.

    Se me ocurren este tipo de actividades, divididas en cuatro categorías.

    A) Servicios sociales
    – Cuidado de ancianos
    – Cuidado de niños
    – Cuidado de enfermos
    – Apoyo académico a estudiantes
    – Seguridad pública
    – Cobijo a personas sin hogar
    – Provisión de alimentos a personas necesitadas
    – Formación profesional

    B) Cuidado del medio ambiente
    – Protección y reforestación de los bosques
    – Proyectos ecológicos de siembra y riego
    – Retirada de residuos
    – Proyectos de reciclaje
    – Cuidado de los espacios verdes
    – Cuidado de las playas

    C) Servicios culturales, deportivos y recreativos
    – Promoción del patrimonio (información y excursiones para visitantes)
    – Mantenimiento y renovación de los complejos deportivos
    – Representaciones artísticas (teatro, música, etc)
    – Competiciones deportivas

    D) Construcción, habilitación y mantenimiento de infraestructuras
    – Limpieza de edificios y espacios públicos, parques, plazas y zonas históricas
    – Habilitación de edificios para lograr mayor eficiencia energética
    – Mantenimiento de la infraestructura
    – Pequeños proyectos de construcción de infraestructura pública
    – Mantenimiento y renovación de la red de carreteras públicas
    – Mantenimiento de áreas de patrimonio cultural (monumentos, etc)

  3. Llevo siguiendo este tema del Empleo Garantizado y me parece una idea muy atractiva y beneficiosa.

    Tan solo hay un punto que no consigo entender y que me gustaría que me explicaran para terminar de convencerme al 100% sobre la idoneidad del EG:

    ¿Cómo puede ser que no haya competencia entre ese EG y las empresas privadas? Si el EG se centra en actividades que el Estado ya se ocupa de realizar, no debería haber impedimento para contratar ya a gente. Si, por el contrario, se ocupa también de actividades que ya realizan empresas privadas por contrato público, entiendo que sí habría una competencia.

    Me gustaría resolver esta duda. Muchas gracias y saludos.

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Este sitio usa Akismet para reducir el spam. Aprende cómo se procesan los datos de tus comentarios.