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La infanta deberá aclarar si cometió delitos fiscales y blanqueo de capitales
En un detallado y extenso auto de imputación, el juez José Castro le pide explicaciones sobre el uso del dinero de Aizoon como participante al 50%, junto a Iñaki Urdangarín, de la sociedad
Finalmente, el juez José Castro ha hecho caso al jefe de la Casa Real, Rafael Spottorno, que pedía que se acabase pronto «el martirio» del caso Nóos, y ha comenzado la última fase de instrucción, en la que ha decidido la imputación de la infanta Cristina por un presunto delito fiscal y de blanqueo de capitales.
El auto de imputación de la infanta hecho público esta mañana relata en sus 226 páginas cómo actuó supuestamente Aizoon, la empresa participada al 50 por ciento por ella y su marido, Iñaki Urdangarín, para blanquear dinero y evitar el pago de impuestos.
El juez de Palma llamará a declarar a la infanta el próximo 8 de marzo a las 10:00 horas, para conocer “de primera mano” las finanzas de la sociedad Aizoon. En su declaración, el juez le preguntará “sobre los supuestos delitos fiscales y de blanqueo de capitales en que hubiere podido incurrir a raíz de su coparticipación en la sociedad”.
Castro, en su auto, defiende su actuación durante toda la instrucción, y resta importancia a sus roces con la fiscalía y con otros tribunales asegurando que “los reveses jurídicos forman parte de la profesión». Eso sí, justifica sus decisiones en que no cree «hacer tambalear los pilares del Estado de Derecho, más bien todo lo contrario, porque se pretenda preguntar por los pormenores de tales hechos” a quien era copartícipe de la sociedad.
El juez enumera los ingresos de la infanta que provienen “de rendimientos de trabajo en La Fundación La Caixa, retribución de la Casa Real por intervenir en actos institucionales y reparto de dividendos del capital mobiliario”. Es en este apartado donde muestra sus dudas, ya que la hija del rey declara lo mismo ante Hacienda antes, durante y después de la creación de Aizoon, el 12 de febrero de 2003.
La sociedad nace con la participación al 50% de Iñaki Urdangarín y Cristina de Borbón y un capital social inicial de 3.000 euros. Esta situación hace sospechar al juez que existe una “participación necesaria” de la infanta en los delitos investigados, ya que sino no se justifica su situación en la empresa. Además, recuerda que “la participación de Doña Cristina tenía como pretendidamente objetivo, en palabras del notario que intervino en su constitución, Don Carlos Masiá Martí [citando al abogado de Urdangarín], tener un escudo frente a Hacienda”.
Aizoon declara en 2003 beneficios de 151,61 euros. El año siguiente los beneficios son de 261.356,24 euros; en 2005, de 396.347,84 euros; y en 2007 ascienden a 282.292,18 euros. Pese a ello, el auto de imputación resalta que “parece estar claro que doña Cristina nunca ha declarado fiscalmente dividendo alguno procedente de su participación en Aizoon”.
La sociedad Aizoon declara pérdidas de 271.774,31 euros en 2010 y de 136.705,84 euros al año siguiente. “En la hipótesis de dar como buena tal contabilidad, tendría un remanente de 681.548,79 euros”, señala el auto, que recuerda que “esta contabilidad distaba mucho de ajustarse a la realidad” ya que “los datos positivos eran muy superiores a los contabilizados y muy inferiores los negativos, si se tiene en cuenta la sobrecarga de gastos personales de los copartícipes que ni por asomo guardaban una mínima conexión con la actividad profesional de Aizoon”.
Un doble delito
Esta situación es la que lleva al juez Castro a hablar de un doble efecto que provocaría un doble delito. Por un lado, que los beneficiarios no deban tributar por ese dinero en el Impuesto de la Renta de las Personas Físicas, ya que no hay constancia de lo percibido; y por otro, que al contabilizarlo como gastos de explotación de Aizoon se reduce el capital de la sociedad, con lo cual disminuye la base imponible del impuesto de sociedades y con ello la cuota a ingresar. “Se trata de una sola actitud que genera un doble efecto fiscal defraudatorio”, sentencia el juez.
“No es permisible que Aizoon lleve a cabo un reparto fáctico, fiscalmente opaco, de dividendos sobre la base de la disposición de fondos para atender gastos estrictamente personales de cualquiera de los cónyuges o de ambos y que tienen como nota común que su génesis no guarda absolutamente ninguna relación con las actividades mercantiles de Aizoon”, explica el auto de imputación.
Asimismo, el informe de la Agencia Tributaria recuerda que “Intuit (la empresa de Diego Torres, socio de Urdangarín en Nóos) y Aizoon carecían de la estructura empresarial necesaria para poder acometer y ejecutar aquellos concretos trabajos”. El traspaso de dinero entre las empresas creadas y la matriz Nóos, que no puede repartir beneficios al no tener ánimo de lucro, es continuo y llega hasta 150.000 entre una cuenta de esta última y la de Aizoon.
En el auto de imputación también se habla del blanqueo de capitales en compra venta de inmuebles, tales como viviendas y aparcamientos. “Si sumamos todos los ingresos, que netos serían bastante menos, de los arrendamientos, única actividad lícita que le reconoce la Agencia Tributaria, no bastarían para cubrir el pago de las mensualidades de los préstamos hipotecarios con lo que se abocaría a la conclusión de que las fincas adquiridas se han financiado en parte con ingresos de procedencia supuestamente ilícita”, concluye.
El juez Castro no abre diligencias contra los responsables del Ministerio de Hacienda por «falsedades en el tratamiento de los datos fiscales de Aizoon SL» y también ha rechazado «conceder a la infanta un específico traslado del escrito presentado por Manos Limpias para un trámite de réplica».
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Que si quieres arroz Catalina, aqui cada uno usa sus armas como puede y la casa real tiene unas armas muy poderosas entre las que se encuentran sus influencias.
Confirmado: La Casa Real se acoge a una norma de 1564, nunca derogada, para condenar a 3 años al juez Castro: http://etcnoticias.wordpress.com/2014/01/08/zarzuela-se-acoge-a-una-norma-de-1564-para-condenar-al-juez-castro-a-galeras/