Sociedad
Movistar es condenada a pagar 40.000 euros por tratamiento ilegal de datos personales
Casi tres años después, la Agencia Española de Protección de Datos da la razón a un usuario representado por FACUA-Sevilla
José Antonio M.M. nunca quiso ser cliente de Movistar, pero en marzo de 2010, un cobro de 6,96 euros en su cuenta bancaria marcó el inicio de una conflictiva relación que ha acabado con la condena de esta teleoperadora. Casi tres años y medio después del primer cobro, la resolución del expediente sancionador de la Agencia Española de Protección de Datos (AEDP) ha resuelto que Movistar debe pagar 40.000 euros por tratamiento ilegal de datos personales.
Movistar, que no pudo acreditar que el alta de José Antonio existía, le reclamaba 208,27 euros por el llamado «compromiso de permanencia». El caso fue derivado a la empresa de cobro de deudas Medina Cuadros y Asociados, a la que la teleoperadora ilegalmente le cedió los datos del sevillano. Según FACUA, los abogados llegaron a «remitir al usuario una carta adjuntando la supuesta primera página de la demanda que amenazaba con interponerle en los tribunales».
El equipo jurídico de la plataforma de defensa del consumidor solicitó a Movistar en octubre de 2010 la acreditación de la existencia del contrato y le exigió que «aclarase cómo había obtenido los datos del afectado, como su DNI, domicilio y cuenta bancaria». En enero, la empresa respondió, pero no aportó ningún documento relacionado con el contrato de voz «fantasma» y le recomendó a José Antonio que «presentase una denuncia ante el estamento correspondiente por usurpación de personalidad».
Según FACUA-Consumidores en Acción, la resolución de la AEPD refleja que Movistar no «cumplió con los requisitos exigidos -en la Ley Orgánica15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal (LOPD)-, de ratificación documental de la contratación telefónica exigidos por la normativa, ni llevó a cabo actuación alguna en orden a verificar la titularidad de los datos facilitados en la contratación (llamada de bienvenida, verificación telefónica de la contratación)».
Tras un año y medio desde la interposición de la denuncia de FACUA-Sevilla, y una queja ante el Defensor del Pueblo por la lentitud de la AEPD en dar respuesta, el organismo ha resuelto sancionar a Movistar por una infracción grave de la Ley Orgánica de Protección de Datos de Carácter Personal. No obstante, la experiencia de José Antonio no es excepcional, pues la situación de indefensión de los consumidores frente a las prácticas abusivas de las grandes teleoperadoras es sistemáticamente denunciada por plataformas como FACUA.
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Los monstruos que comercializan la energía tienen la costumbre de realizar estas prácticas un día sí y otro también…
Que no quede como una simple anécdota: es el proceder habitual que tienen este tipo de compañías, inventando contratos que nunca aparecen y poniendo en marcha el movimiento de víctimas (otrora clientes…)
Casi nada, tres años que habrá estado este hombre peleando y protestando por algo que no buscó. La condena me parece algo absurda, pagar 40000 euros es para Movistar como comprar el periódico para mí. Estás técnicas abusivas y sistemáticas no sólo las realizan las teleoperadoras sino que bancas y cajas también te pasan el recibo del mantenimiento de cuenta más veces de las debidos por «errores del sistema», pero si no te das cuenta eso que se llevan… Creo que se debería vigilar más a este tipo de empresas, sabiendo además que son reincidentes en este tipo de delitos.
Estas noticias siempre me llevan de un sentimiento de venganza muy satisfactorio bua ha ha ha