Sociedad

Interior endurece los criterios para poder desactivar casos de violencia machista en Viogén

Antes, bastaba con que la mujer no fuera localizada en un mes para desactivar el caso en el Sistema Viogén. Ese plazo se aumenta ahora a seis meses.

El ministro del Interior, Fernando Grande-Marlaska, en la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros extraordinario del pasado 8 de marzo/ Pool Moncloa/José Manuel Álvarez.

Hasta el pasado viernes, 8 de marzo de 2024, bastaba con que hubiera sido imposible localizar a una víctima de violencia machista durante un mes para desactivar el caso abierto en Viogén, el sistema de seguimiento integral en los casos de violencia de género. Ahora, ese plazo se aumenta a seis meses, con lo que, en teoría, puede evitarse una indefensión prematura.

La medida forma parte de la Instrucción 2/2024 del secretario de Estado de Seguridad, Rafael Pérez. Y responde a la promesa realizada por la ministra de Igualdad, Ana Redondo, y su homólogo en Interior, Fernando Grande-Marlaska, al respecto de revisar los criterios para declarar inactivo un caso en Viogén.

Actualmente, hay 83.070 casos activos, en los que reciben algún tipo de protección policial 50.924 mujeres, en función del nivel de riesgo detectado por los agentes: bajo (37.024 casos), medio (12.681 casos), alto (1.196 casos) y extremo (23 casos).  

Inactivación de casos en el Sistema Viogén

«Los casos de riesgo medio, alto o extremo podrán ser inactivados cuando haya sido imposible localizar a la víctima durante al menos seis meses (antes bastaba con solo uno). O se produzcan circunstancias como la muerte, salida al extranjero, internamiento en centro custodia del agresor o cualquier otra circunstancia análoga que haga innecesaria la protección de la mujer o imposibilite la agresión”, señala la instrucción.

También podrán inactivarse casos de riesgo no apreciado, bajo o medio en los que no existan medidas judiciales de protección en vigor, si así lo solicita la víctima de manera “voluntaria, manifiesta y reiterada”, agrega.

En esos supuestos, la instrucción recuerda a los agentes la obligación de utilizar el denominado ‘Protocolo Cero’. Éste fue ideado para “minimizar el riesgo de las víctimas en situación de posible desprotección y que manifiestan su deseo de no denunciar hechos relacionados con la violencia de género, y ordena el envío de comunicación detallada y razonada” a la autoridad judicial y al representante del Ministerio Fiscal que actúan en ese caso.

Inactivación supervisada de casos de violencia machista

Esta nueva modalidad, comentan desde Interior, se aplicará en aquellos supuestos considerados de alta complejidad y en los que determinadas circunstancias revelen la existencia de un riesgo cualificado para la mujer víctima, lo que suspende la aplicación de las reglas ordinarias de inactivación.

Son, en concreto, los casos que los expertos policiales en algún momento hayan evaluado como de especial relevancia o en los que aparezcan menores en riesgo. También aquellos que en los últimos seis meses hayan tenido valoración de riesgo medio, alto o extremo. O en los que se hayan registrado dos o más denuncias en los seis meses siguientes a su apertura.

La instrucción habilita además a los expertos policiales a aplicar la inactivación supervisada en aquellos casos que cumplen los criterios generales de inactivación, pero que, a juicio del agente evaluador, es conveniente mantener bajo control policial.

La inactivación supervisada que ahora se incluye en el Sistema Viogén se aplicará durante un período mínimo inicial de seis meses, con dos posibles prórrogas trimestrales. Durante ese lapso, los agentes realizarán evaluaciones de riesgo periódicas mediante entrevistas personales con la víctima. Así hasta disponer de al menos dos consecutivas que ofrezcan como resultado que no se aprecia riesgo para la mujer.

Si te gusta este artículo, apóyanos con una donación.

¿Sabes lo que cuesta este artículo?

Publicar esta pieza ha requerido la participación de varias personas. Un artículo es siempre un trabajo de equipo en el que participan periodistas, responsables de edición de texto e imágenes, programación, redes sociales… Según la complejidad del tema, sobre todo si es un reportaje de investigación, el coste será más o menos elevado. La principal fuente de financiación de lamarea.com son las suscripciones. Si crees en el periodismo independiente, colabora.

Comentarios
  1. Ya se que este gobierno afronta muchísima tensión, mucha insidia, miles de zancadillas, en situaciones así es normal que uno cometa errores como este:
    Con la creación de la Dirección General de Libertad Religiosa, el Gobierno sigue alejándonos del Estado laico.
    Desde Europa Laica denunciamos que el Gobierno confunde la necesaria laicidad de un Estado democrático con la multiconfesionalidad, y, en vez de suprimir las desaforadas prerrogativas de la Iglesia católica, aumenta los privilegios de otras confesiones religiosas de “notorio arraigo”.
    Exigimos el cese de los privilegios económicos, educativos, simbólicos, mediáticos, etc., que desde el ámbito público se concede a las confesiones religiosas. Esto supone de manera destacada la salida de la religión de la escuela, el progresivo fin de los conciertos educativos, la desaparición de las casillas de la Renta, la supresión de las exenciones fiscales de privilegio, en especial la del IBI, y la reversión de los más de 100.000 bienes inmatriculados de manera ilícita por la Iglesia católica desde 1948. Todo esto es, por cierto, lo que cabe esperar de un Gobierno verdaderamente “progresista”, que defienda un Estado laico en el que prevalezca la igualdad de derechos de la ciudadanía al margen de las convicciones y creencias particulares.
    https://laicismo.org/con-la-creacion-de-la-direccion-general-de-libertad-religiosa-el-gobierno-sigue-alejandonos-del-estado-laico/291011?utm_source=mailpoet&utm_medium=email&utm_source_platform=mailpo

  2. DIEZ JÓVENES DENUNCIADOS POR «DELITO DE ODIO» POR SOLIDARIZARSE CON PALESTINA
    Siguen acumulándose los casos que evidencian que estamos ante una «legislación mordaza»
    Continúan acumulándose los casos que evidencian que el llamado «delito de odio» constituye una puerta abierta para recrudecer los ataques represivos contra la libertad de expresión.
    En esta ocasión, este delito, incorporado en el Código Penal de la legislación española mediante la Ley Orgánica 1/2015, y que se presentó a la opinión pública como una normativa presuntamente destinada a proteger a los colectivos más vulnerables, ha sido utilizado contra un grupo de diez jóvenes que se manifestó en el pabellón Santiago Martín de la isla de Tenerife, durante el partido entre el Lenovo Tenerife y el Hapoel Bank Yahav Jerusalem, para expresar su apoyo al pueblo palestino.
    Los jóvenes aprovecharon el evento deportivo para repartir folletos y mostrar una pancarta a favor de la causa del pueblo palestino y en contra de la guerra en la franja de Gaza, cuando en la cancha estaba dicho equipo israelí y en la grada había aficionados de dicho país.
    Una acción que resultó más que suficiente para que agentes de la Policía Nacional presentes en el evento deportivo procedieron a denunciarles como presuntos autores de este «delito de odio».
    Esta no es, desde luego, la primera ocasión en la que los cuerpos policiales o partidos ultraderechistas denuncian a colectivos de solidaridad o activistas sociales por presuntos «delitos de odio».
    https://canarias-semanal.org/art/35856/diez-jovenes-denunciados-por-delito-de-odio-por-manifestarse-en-solidaridad-con-palestina

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Este sitio usa Akismet para reducir el spam. Aprende cómo se procesan los datos de tus comentarios.