Economía | Política

La letra pequeña de las primeras medidas del Gobierno

Más allá de los grandes titulares, los dos decretos aprobados por el Gobierno tienen una letra pequeña que elimina o cambia algunas medidas. Por ejemplo, la Renta Activa de Inserción se integrará en el Ingreso Mínimo Vital, el bono social eléctrico será de un importe menor y llegará a menos personas.

Rueda de prensa de los miembros del Gobierno tras el Consejo de Ministros y Ministras del 19 de diciembre de 2023/FLICKR: LA MONCLOA.

Medidas que se prorrogan sin cambios, por ejemplo, la gratuidad del transporte. Otras que también continúan –pero con fecha de caducidad– como la rebaja en el IVA de los alimentos. Y algunas que desaparecen, aunque sólo en parte, como ocurre con la reducción del IVA de la luz y el gas. Desde que comenzó la legislatura, el Gobierno de España ha aprobado dos decretos, referentes al subsidio por desempleo y a las medidas anticrisis. Ambos tienen, más allá de los grandes titulares, su letra pequeña.

Del último, que salió adelante el miércoles 27 de diciembre en el Consejo de Ministros y Ministras que cerró el año, se ha destacado que el IVA de los alimentos básicos se mantendrá al 0% y el de las pastas y los aceites al 5%, sin embargo, esto sólo será, de momento, hasta el 30 de junio de 2024.

El IVA de la electricidad y del gas y el bono social

En junio de 2021, y ante el incremento en los precios de la electricidad, el Gobierno redujo el IVA de la electricidad del 21% al 10%. Posteriormente, el 25 de junio de 2022 (en plena escalada de la crisis energética por la invasión rusa de Ucrania), lo dejó en un 5%.

Ahora, a partir del próximo 1 de enero y durante todo 2024, el IVA de la luz volverá al 10%. Después, la intención es que recupere el 21% original.

Desde el comparador Selectra han hecho un estudio sobre cuánto se encarecerá la factura de la luz con estas modificaciones. Detallan que, con el IVA al 10%, y tomando como referencia una vivienda que consume unos 190 kWh a 0,12€/kWh –precio del mercado libre–, el aumento aproximado serán 25 euros anuales. Cuando vuelva al 21%, el incremento se iría hasta los 78 euros adicionales.

En cuanto al IVA del gas, será del 10% (estaba en el 5% desde que se bajó en septiembre de 2022) hasta el 31 de marzo de 2024, tal y como establece el Real Decreto. Después, el Gobierno ha decretado que vuelva al 21% anterior.

También hay novedades en el bono social eléctrico. A través del Real Decreto-ley 23/2021, los porcentajes de descuento en la factura de la luz para los poseedores del mismo quedaron en un 65% para consumidores vulnerables, y un 80% para los vulnerables severos. La medida se prorrogará únicamente hasta el 30 de junio de 2024.

Por añadidura, desaparecerá en esa fecha la aplicación temporal del bono social de electricidad a los hogares trabajadores con bajos ingresos, que se puso en marcha con el Real Decreto-ley 18/2022, de 18 de octubre.

De igual forma, se extiende, de momento sólo hasta el 30 de junio de 2024, la prohibición de interrumpir por impago los suministros básicos de electricidad, agua y gas natural a los consumidores vulnerables, que consagró el Real Decreto-ley 8/2021, de 4 de mayo.*

La RAI y el subsidio para mayores de 52 años

Antes de este último, el Gobierno estatal aprobó el Real Decreto-ley 7/2023, de 19 de diciembre, cuyo contenido principal era la reforma del subsidio por desempleo, que entrará en vigor en junio de 2024.

También había letra pequeña en esta normativa. Lo más destacable es que el próximo 1 de junio se eliminarán la Renta Activa de Inserción (RAI) y el subsidio extraordinario de desempleo. Ambos, informan en Civio, pasarán a gestionarse a través de nuevos subsidios o del Ingreso Mínimo Vital (IMV).

Otra variación es la que afecta al subsidio para mayores de 52 años. La cuantía se mantiene (80% del IPREM, es decir, 480 euros), pero las bases de cotización se irán reduciendo progresivamente de cara a la jubilación para todas aquellas personas que soliciten este subsidio a partir de junio de 2024, explican en Civio.

  • Fe de errores: la redacción del apartado sobre la interrupción de suministros básicos era incorrecta, por lo que se ha añadido la aclaración «de momento, solo hasta el 30 de junio» (5/1/24).

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