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¿Igualdad para el tuit, los ‘likes’ y la retórica?

"Hay dos leyes menos visibilizadas que están en grave riesgo: la Ley integral para la igualdad de trato y la no discriminación y la Ley de igualdad y no discriminación de Cataluña".

Parlament de Catalunya.

KARLOS CASTILLA* (TUS ARTÍCULOS) // No es ninguna novedad afirmar que una ley por sí misma no eliminará la desigualdad y discriminación que existe en un país. Pero siempre es bueno tener presente que menos servirá esa ley si quienes tienen la obligación de aplicarla y desarrollarla no lo hacen o lo hacen contradiciendo los mandatos de la propia norma. 

Más allá de los debates de la llamada Ley del solo sí es sí, hay otras dos leyes menos visibilizadas que están en grave riesgo: la Ley integral para la igualdad de trato y la no discriminación (15/2022) y la Ley de igualdad y no discriminación de Cataluña (19/2020). La primera, con más de siete meses de vigencia; la segunda, con más de dos años de vigencia. La primera, no implementada por el Ministerio de Igualdad del Gobierno de España; la segunda, incumplida por el Departamento de Igualdad y Feminismos de la Generalitat de Cataluña. Explico por qué.

De acuerdo con la disposición adicional primera de la ley estatal 15/2022, desde el 15 de enero de 2023 debía estar integrada –pero no lo está– la Autoridad Independiente para la Igualdad de Trato y la No Discriminación (AIIT-ND), que es el órgano central de aplicación de la ley, al tener mandatos de protección, garantía y promoción de la igualdad.

Ese incumplimiento no es menor. La inexistencia de la AIIT-ND desencadena otros graves incumplimientos. Por ejemplo, este órgano, para julio de 2023 debería contar con su Estatuto de organización y funcionamiento, así como estar cumpliendo con muchas otras funciones en favor de la igualdad y la no discriminación. También, para julio de 2024 la AIIT-ND debe presentar un informe amplio e integral sobre aspectos contrarios a la igualdad de trato o discriminatorios que existan en leyes, reglamentos, así como en prácticas administrativas en los ámbitos competenciales del Estado. Aspectos todos de gran importancia que, evidentemente, no estarán disponibles en las fechas originalmente previstas.

Si solo se tratara de fechas, poco importaría. Pero no, se trata de seguir postergando compromisos y obligaciones en favor de la igualdad y la no discriminación de las que mucho se habla y tuitea desde el Gobierno de España en marzo, pero que, en lo verificable, queda claro que hay cosas importantes en el olvido.

Pero si de retrasos e incumplimientos se trata, el Gobierno de Cataluña se pone a la cabeza. Tras más de dos años de vigencia de la ley 19/2020, sigue sin aprobarse el Reglamento del régimen sancionador y otras disposiciones necesarias para su correcta aplicación. Como tampoco existe el Protocolo de actuación ante situaciones de discriminación o violencia en la Administración pública, que debía publicarse.

Y no solo eso, en clara violación de la ley, por medio de un Decreto, han desnaturalizado y debilitado al Organismo de Protección y Promoción de la Igualdad de Trato y la No-discriminación (OPPIND) creado por la ley.

Esto ha ocurrido porque el Departamento de Igualdad y Feminismos de Cataluña, contraviniendo la disposición final segunda de la ley 19/2020 –que ordena regular dicho organismo respetando siempre la denominación, la estructura y el funcionamiento establecido en ley–, ha pasado por alto esta obligación y, primero, le ha cambiado de denominación para convertirlo en una simple Oficina de igualdad de trato y no discriminación. Y, segundo, ha desaparecido en la práctica su estructura básica al no crear y, con ello, invisibilizar al Comité y la Comisión con los que debía contar de conformidad con la ley. 

Además, no se puede dejar de mencionar que, hasta hoy, siguen sin ponerse en práctica gran parte de las funciones del Organismo previstas en ley. La principal justificación que se suele dar ante esa limitada posibilidad de acción es la falta de presupuesto. Pero ese desinterés o negligencia del Gobierno catalán, expresado con la falta de presupuesto para el Organismo (que se vuelve a repetir este año), lo habíamos denunciado algunos desde hace tiempo. Ahora no puede ser su constante justificación de ineficiencia. 

Si de presupuesto se trata, una Oficina tiene más posibilidades de recibir menos presupuesto para su funcionamiento que un Organismo. Así lo confirman los presupuestos recientemente aprobados. De ahí, en parte, la relevancia de no minimizar el cambio ilegal de denominación que se ha hecho, así como la importancia de impedir que sigan desnaturalizando, sub-presupuestando y “descafeinando” un Organismo que de por sí nació con significativas carencias de autonomía.

El próximo incumplimiento será la evaluación del impacto social de la ley, que debe hacerse ahora que han transcurrido los dos primeros años de su vigencia. Todo indica que no se hará. Como tampoco se tendrá lista la recopilación de datos para identificar patrones de discriminación en la actuación de las fuerzas y cuerpos de seguridad, en particular el uso de perfiles raciales, entre otras cosas más previstas en la ley. 

Aunque lo que más me ha sorprendido de la constatación de todas las situaciones antes descritas es la pasividad y el silencio de muchos sectores de la sociedad civil. Como si no les importara, como si fuera irrelevante o no estuvieran enterados. También me llama la atención el silencio cómplice desde las comisiones especializadas en el Congreso, el Senado y el Parlament de Cataluña, respectivamente, que no se han inmutado ni han llamado a los gobiernos a cumplir en tiempo y forma unas de las más recientes obligaciones en materia de igualdad y no discriminación. 

Observando todo lo que pasa, parece que para algunas personas en ejercicio de funciones públicas lo relevante es publicar un tuit que reclame igualdad en determinadas situaciones o para conmemorar una fecha; poner un post que exprese indignación ante casos de discriminación que les suman unos cuantos likes o hacer un discurso retórico sobre la igualdad y no discriminación en algún acto público, pues eso les hace creer que están haciendo su trabajo. Y no es que eso no pueda ser útil, pero realidades tan simples y medibles como cumplir debidamente con el contenido de una ley exhiben que les sobra postureo y les faltan acciones que en verdad pueden ayudar a transformar la realidad.

Porque algo es claro, si hoy somos incapaces de hacer que se cumplan (bien) esas obligaciones trasversales en materia de igualdad y no discriminación en España y Cataluña, ya podemos dar por perdida una nueva posibilidad de revertir las históricas y enquistadas estructuras de desigualdad, opresión y discriminación que hay en nuestra sociedad. Sí, porque por más que se aprueben nuevas leyes y eso se celebre en redes sociales, su futuro de eficacia parece claro. Ojalá me equivoque.  

*Karlos Castilla, responsable de investigación del IDHC.

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