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Iberdrola pierde su demanda contra ‘El Confidencial’

Iberdrola solicitaba 17,6 millones de euros por daños reputacionales como consecuencia de la "sobreinformación" de 'El Confidencial'

José Ignacio Sánchez Galán, presidente de Iberdrola. Foto: IBERDROLA

La multinacional Iberdrola tendrá que hacer frente a las costas del proceso judicial que inició en febrero de 2022 contra el diario El Confidencial por una supuesta intromisión ilegítima en el honor de la compañía La magistrada del juzgado número 4 de primera instancia de Bilbao ha desestimado la denuncia de la energética al considerar que las 12 piezas informativas publicadas por el citado medio de comunicación relativas al proceso judicial en el que estaba inmerso el presidente de la eléctrica, Ignacio Sánchez Galán, no pueden ser constitutivas de dicho delito.

Iberdrola solicitaba una indemnización de 17,6 millones de euros por daños reputacionales al considerar que El Confidencial había organizado una «campaña» de «sobreinformación» contra la eléctrica formada por 225 noticias desde 2021: «Esta cifra equivale a una frecuencia de 75 informaciones anuales sobre Iberdrola en relación con el caso Cenyt. Se trata de más noticias que las de todos los demás medios de mayor relevancia juntos, tales como ExpansiónEl PeriódicoEl EspañolEl PaísLa VanguardiaABCEl Mundo…”, alegaba Iberdrola en un comunicado.

Según explica el propio diario, la sentencia del pasado 14 de marzo reconoce «la prevalencia o preponderancia de la libertad de información sobre el derecho al honor, por lo que no se aprecia que haya existido intromisión ilegítima en el derecho al honor de la persona jurídica demandante, lo que conduce, por fuerza, a la desestimación de la demanda, sin necesidad de mayores consideraciones”. Se trata de un fallo que todavía no es firme y que podría apelarse ante la Audiencia Provincial de Bizkaia e interponer un recurso de casación ante la Sala Primera del Tribuna Supremo.

La sentencia, según El Confidencial, también concluye que dichas informaciones eran de “interés público informativo” y veraces. Asimismo, hace hincapié en la ausencia de “insultos” y de “expresiones o frases inequívocamente injuriosas o vejatorias y, por tanto, innecesarias”.

Sobre la «sobreinformación», la magistrada entiende que «la misma puede obedecer simplemente a que la demandada dispuso desde un principio de fuentes exclusivas de información que le han permitido anticiparse a sus competidores».

Desde El Confidencial advierten de que «Ignacio Sánchez Galán, como presidente de Iberdrola, sigue acumulando responsabilidades y temeridades y que la sentencia del pasado día 14 dictada en Bilbao sería una excelente oportunidad para que él y cuantos en la compañía disponen de funciones directivas reflexionen seriamente sobre las reglas de compromiso que en una democracia deben regir entre los poderes empresariales y políticos y los medios de comunicación».

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Comentarios
  1. Es «evidente…..» que la justicia también funciona a la perfección en el penoso y agonizante reino de Borbonia ,je,je ; que no , que es guasa.
    Salud.

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