Sociedad

Un paso más para avanzar en la mentalidad (y el lenguaje) sobre los derechos de los animales

El Consejo de Ministros ha aprobado los anteproyectos para la protección, derechos y bienestar de los animales y endurecer las sanciones por maltrato.

Una perra sentada frente a una playa de Barcelona durante la puesta de sol. REUTERS / NACHO DOCE

España da el primer paso para convertirse en una sociedad más humana y empática con los animales. Este viernes, el Consejo de Ministros ha aprobado dos importantes anteproyectos: el primero es una modificación del Código Penal que prevé una ampliación de las penas por maltrato animal, y el segundo es la Ley de protección, derechos y bienestar de los animales, la primera norma de este tipo con la que contará el país.

Actualmente, el Código Penal contempla una pena que parte de los tres meses y un día al año de prisión, y que se incrementa hasta los 18 meses e inhabilitación especial de 2 a 4 años si el maltrato acaba en muerte del animal. Con la reforma del Código Penal, acabar con la vida de un animal se saldará con una pena de prisión de doce a veinticuatro meses (medio año más que ahora) o multa de dieciocho a veinticuatro meses, así como la pena de inhabilitación especial de uno a cinco años para el ejercicio de profesión y la tenencia de animales.  

Causar a un animal lesión física o psíquica (incluyendo los actos de carácter sexual) que requiera “objetivamente” tratamiento veterinario será castigado con la pena de prisión de tres a dieciocho meses o multa de seis a doce meses, además de una inhabilitación especial de uno a cinco años para trabajar o convivir con animales. En el actual Código Penal, la pena va desde los tres meses y un día a un año de cárcel e inhabilitación de tres años. En el supuesto de que las lesiones producidas no requiriesen tratamiento veterinario, el castigo será ahora de una pena de multa de uno a tres meses o trabajos en beneficio de la comunidad de hasta 90 días. Asimismo, se impondrá la pena de inhabilitación especial un máximo de tres años.

En caso de que se empleen armas de fuego, se podrá retirar la licencia para portarlas hasta un máximo de cuatro años. Además, se considerará un agravante cuando la violencia se ejerza en varios contextos, como el de violencia machista.

Tanto la modificación de las penas del Código Penal como la Ley de protección, derechos y bienestar de los animales se tramitan como anteproyectos, por lo que aún queda camino por recorrer antes de que entren en vigor. Tras dar hoy luz verde el Consejo de Ministros, ambos textos se someterán a exposición pública, luego volverán al Consejo de Ministros y, finalmente, se mandarán a tramitación parlamentaria (Congreso y Senado). Una vez superado este último obstáculo, se aprobará definitivamente y entrará en funcionamiento a los seis meses de su publicación en el BOE. La idea del Ejecutivo es que ambos proyectos superen todos estos pasos para primavera.

Una ley retrasada por las presiones

La primera versión de la ley de protección animal –que figuraba como compromiso en el acuerdo de coalición firmado entre el PSOE y Unidas Podemos– se presentó en octubre del año pasado. Desde entonces, el borrador no ha avanzado todo lo que se quería por diferencias entre el Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030, encargado de impulsar la norma y en manos de Ione Belarra, de Unidas Podemos, y el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, cuyo titular es el socialista Luis Planas. Este último, ante las presiones de sectores como el de la caza, buscaba rebajar ciertos aspectos de la futura ley. Un punto que no querían que les afectara era que no se puede dejar a los canes solos y sin supervisión más de veinticuatro horas consecutivas. Finalmente, no lo han logrado. Lo que sí han conseguido es no tener que superar la formación en tenencia responsable reglamentada.

Una norma como guía para las comunidades autónomas

Hasta ahora, la responsabilidad para la protección de los animales recae en las comunidades autónomas, lo que da como resultado leyes dispares. Con esta nueva norma, lo que se pretende es llenar ciertos vacíos y servir como paraguas para el resto de normas autonómicas y municipales.

El anteproyecto de ley de protección, derechos y bienestar de los animales –que en todo el texto rehúye del término ‘mascota’– contiene un apartado dedicado a las infracciones y enumera las respectivas sanciones. Eso sí: entre el primer borrador y el que finalmente ha aprobado el Consejo de Ministros se ha rebajado la cuantía de las multas. En el anterior, las sanciones económicas iban de los 600 a los 600.000 euros. Ahora van de los 500 euros para las infracciones leves hasta los 200.000 euros para las muy graves. Desde la Dirección General de Derechos de los Animales, responsables del texto, defienden este cambio tras establecer una media con las sanciones que hay en las comunidades autónomas, y defienden que siguen siendo las más altas de todas las regulaciones que hay en España. En todo caso, los ingresos procedentes de las sanciones se destinarán a actuaciones que tengan por objeto la protección de los animales.

La norma señala una serie de prohibiciones hasta ahora no contempladas, como la venta de animales –excepto peces– en tiendas, así como su exhibición y exposición al público con fines comerciales. Tampoco estará permitido mantener de forma permanente a los animales en terrazas, balcones, azoteas, trasteros, sótanos, patios o vehículos. Igualmente quedará prohibido el uso de animales en carruseles y ferias, así como el uso de especies de fauna silvestre en circos. Otro de los vetos es someter a los animales a trabajos inadecuados o excesivos en tiempo o intensidad, así como recurrir a prácticas que provoquen «sufrimiento», como el uso de collares eléctricos o pinchos, ni llevar a un ejemplar atado a un vehículo en marcha. En esta línea, se prohibirá la práctica del tiro al pichón y las peleas de gallos y otros animales.

Asimismo, se recoge una demanda histórica de los colectivos animalistas: la prohibición del sacrificio de animales de compañía por cuestiones de ubicación, edad o espacio de instalaciones. Entre las excepciones a esta norma están las “situaciones de emergencia por motivos que comprometan la calidad de vida del animal, sanidad animal, salud o seguridad públicas, o medioambientales”.

El Ministerio de Derechos Sociales incluye en la norma otra reivindicación ciudadana: los hasta ahora considerados perros potencialmente peligrosos pasarán a denominarse de ‘manejo especial’, y se les dará esta consideración de acuerdo a un estudio de sociabilidad individualizado y no a su raza, como pasa en la actualidad. Para evitar posibles situaciones como las que se vivió recientemente con la erupción del volcán de La Palma, el proyecto señala que todos los territorios deben contar con planes de emergencia donde se concreten cómo, dónde y cuándo se van a evacuar a los animales, además del deber de mantenerlos alimentados y con personal veterinario.

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Comentarios
  1. ¿Qué hay de los perros de caza?
    O tambien, como pasa con la iglesia, el gobierno no se atreve a enfrentarse con el caciquil, prepotente y poderoso lobby cinegético.
    Según AnimaNaturis, España es uno de los pocos países desarrollados que permiten aún las monterías, que es una modalidad de caza donde los perros son usados como armas de caza. Son usados para perseguir, acosar, agotar y matar a sus presas, que mueren desangradas por las dentelladas de la jauría. Estos perros no conocen el amor, la caricia y la calidez de un hogar. Todo el año viven en condiciones deplorables, en cheniles pequeños, con muy poco o ningún estímulo.
    La próxima Ley de Protección y Derechos para los Animales ha recogido varias sugerencias de AnimaNaturalis, e incluye algunos artículos que podrían cambiar la vida de estos animales: limitar la rehala a 5 animales o de lo contrario, que sea obligatorio registrarse como núcleo zoológico que aumenta la vigilancia del estado de los animales por parte de las autoridades. Solicitan que se esterilice a los perros, para evitar en gran número de abandonos y muertes anuales. Tambien exigen que no exista ninguna diferencia ante la ley de los perros que viven en nuestros hogares y aquellos que sufren en los cheniles.
    Sin embargo, los cazadores y sus aliados en el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación están haciendo todo lo posible para excluir a los perros usados en la caza de esta ley y de cualquier otro reglamento que los proteja. Quieren que se siga considerando a estos animales meras cosas, a las que se les puede hacer lo que se desee. Y todo esto con una única justificación: dinero. Es como si cualquier barbaridad se justificara si hay un beneficio económico. Incluso la crueldad.

    Ofende también a las personas con un mínimo de sensiblidad que matar aves y mamíferos, matar a seres indefensos hijos de la naturaleza, que no propiedad suya, se permita que se le llame «deporte».

  2. Alguien sabe lo q dice esta nueva ley, sobre la movilidad de los animales, perros en n caso, en transportes públicos de cercanías como media y larga distancia.? ?? ?

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