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El Congreso avala la ley de infancia, que ampliará la prescripción de los delitos graves hasta que la víctima cumpla 35 años
El proyecto de ley de protección integral a la infancia y la adolescencia frente a la violencia ha contando con amplio consenso en la Cámara baja y la oposición de Vox y PNV.
El pleno del Congreso de los Diputados ha respaldado este jueves el proyecto de Ley Orgánica de protección integral a la infancia y la adolescencia frente a la violencia con un amplio consenso y la oposición de dos grupos: Vox y PNV. Este último al considerar que invade competencias autonómicas. PdCat y EH Bildu han optado por abstenerse.
Entre los principales cambios respecto al borrador inicial está la ampliación del plazo para iniciar la prescripción de los delitos graves hasta que la víctima cumpla 35 años –actualmente son 18 años– para evitar que los casos queden impunes. Esta modificación –una enmienda aprobada en las últimas horas entre PSOE, Unidas Podemos, PP, Ciudadanos, EB Bildu, Grupo Plural, BNG, Más País y el Grupo Republicano– permitirá que las agresiones más graves puedan denunciarse hasta los 50 años, ya que, por lo general, este tipo de delitos suelen denunciarse mucho después de que ocurran.
Partidos como el PP y Ciudadanos, así como como entidades sociales, habían propuesto aumentar aún más este plazo, hasta los 40 años. Entre las más de 200 enmiendas incorporadas por la Comisión de Derechos Sociales y Políticas Integrales de la Discapacidad también han quedado fuera una serie de propuestas de Unidas Podemos que no contaban con el apoyo del grupo socialista: no permitir la participación en espectáculos y escuelas taurinas a menores de edad, por un lado, y, por otro, que en los casos de desahucios de familias con niños se ofrezcan soluciones habitaciones adecuadas y apoyo psicosocial.
Tras este paso, el texto aprobado pasará al Senado, donde se espera que se sigan debatiendo algunas enmiendas y se incorporen mejoras. De seguir tramitándose bajo el procedimiento de urgencia como hasta ahora, los plazos podrían reducirse a la mitad y la ley podría estar publicada en el BOE el próximo mes de junio.
Las organizaciones que llevan años trabajando para la aprobación de esta ley coinciden en que se han producido avances en relación al borrador: «Como la capacidad de denuncia por parte de los niños y niñas sin necesidad de valorar su madurez, el refuerzo del deber de denuncia a la ciudadanía y cualificado para profesionales que trabajen con infancia y adolescencia, la ampliación del cómputo de plazo de prescripción o que se inste a aprobar un futuro proyecto de ley para la especialización de juzgados y violencia contra la infancia», detallan desde Save the Children.
Esta organización, no obstante, también insiste en que existen aspectos que requieren una atención especial. Por ejemplo, que la definición de violencia sea acorde con la Convención de los Derechos del Niño o la concreción sobre los requisitos que otorgan la calificación de «entornos seguros» que recoge el texto. También la ampliación de la prueba preconstituida hasta los 16 años obligatoria y una «necesaria valoración del interés superior del menor para los casos entre los 16 y los 18 años», así como «la eliminación de los Servicios Sociales como agentes de la autoridad».
«Punto y final a una etiqueta acientífica y machista»
Desde que el proyecto de ley pasó por el Consejo de Ministros en junio de 2020, se han ido sucediendo diversas modificaciones. En este sentido, el Ministerio de Igualdad alertó de la necesidad de consolidar una perspectiva de género en el texto de la ley.
Las alusiones a la violencia machista quedan reforzadas respecto al borrador. Especialmente, en términos de violencia vicaria –concepto que recoge el texto–: aquella que se dirige de forma indirecta hacia otras personas que no son la que se quiere dañar, como es el caso de los hijos e hijas de víctimas de violencia de género.
En el debate celebrado este jueves en el Congreso de los Diputados, la ministra de Derechos Sociales y Agenda 2030, Ione Belarra, se ha referido también al falso síndrome de alienación parental (SAP), que queda prohibido conforme al texto de la ley de infancia: «Se pone punto y final a una etiqueta acientífica y machista». En la misma línea, la diputada socialista Sonia Guerra ha afirmado que «esta ley pone por fin punto y final al falso síndrome de alienación parental y sus diferentes mutaciones. No se va a poder aplicar nunca más en nuestro país, se llame como se llame, se decline como se decline».
Creación de la figura del delegado de protección y aumento de las garantías para trabajar con menores
Las entidades que trabajen en actividades deportivas o de ocio con menores deberán contar con la figura del delegado de protección, de manera que aseguren el cumplimiento de los protocolos contra la violencia. Asimismo, todos los colegios deberán tener a una persona responsable en este sentido, como «coordinador de bienestar y protección».
La ley también establece la fijación de unas medidas de prevención obligatorias en centros de menores para evitar y actuar frente a posibles casos de trata con fines de explotación sexual de menores. En el ámbito de la sanidad, se prevé la figura del trabajador o trabajadora social sanitario que mejore la atención con menores víctimas de violencia.
La ley extiende la obligación de acreditar los requisitos de no haber cometido delitos contra la libertad sexual a cualquier persona que trabaje en el sector público o el privado, por cuenta propia o ajena e incluso a personas voluntarias.
En este sentido, la nueva norma reconoce una nueva infracción en el orden social: dar ocupación a personas con antecedentes de naturaleza sexual en actividades relacionadas con menores.
Más protección en los juzgados
La Ley recoge que la víctima realice una única narración de los hechos ante el Juzgado de Instrucción cuando sea menor de 14 años o tenga una discapacidad de forma que no sea revictimizada y deba contar una y otra vez el delito sufrido.
Además, el texto recoge también el derecho a la asistencia jurídica gratuita de las personas menores de edad y de las personas con discapacidad con independencia de la situación económica de la víctima. Se recogen igualmente otros derechos como la información, el asesoramiento y la atención integral, así como la garantía de una atención a la salud mental.