Sociedad

La justicia ordena el inmediato ingreso en prisión de María Salmerón

Se enfrenta a una nueva condena de nueve meses de cárcel por reiterados incumplimientos del régimen de visitas. Su hija siempre alegó que no quería ver a su padre.

María Salmerón ante los medios cuando le fue revocado el indulto. O. C.

“Es lo que quería. Lo que ha querido siempre: verme en la cárcel”. Así resume María Salmerón la situación a la que se enfrenta, tras recibir un auto de ingreso en prisión, por unos hechos que tienen su origen en 2008: una condena a su expareja por maltrato y una condena posterior a Salmerón por incumplir el régimen de visitas de la hija en común. La niña, hoy mayor de edad, siempre expresó que no quería ver a su padre

La Justicia no entendió que la condena por violencia de género supusiera un obstáculo para que el padre pudiera ejercer sus funciones con la niña. Y una jueza incluso llegó a otorgarle la custodia, posteriormente recuperada por su madre tras una larga batalla judicial. De haberse producido estos hechos hoy, con la legislación vigente, María Salmerón y su hija, ya mayor de edad, probablemente no hubieran acudido a los juzgados una y otra vez. No hubieran acumulado deudas por indemnizaciones derivadas de los incumplimientos. No hubieran estado pasando por un calvario que dura ya más de una década.

Tras ser reconocida como ejemplo de lucha por el Gobierno de España –cuando gobernaba Rajoy–, tras ser indultada en varias ocasiones, tras ser respaldada por partidos y organizaciones feministas, ahora, tras vivir incluso los efectos de la pandemia en la residencia de mayores en la que trabaja como auxiliar de enfermería, ha recibido un nuevo auto de ingreso en prisión por el enésimo procedimiento.

El juzgado de lo penal número 6 de Sevilla pide el inmediato cumplimiento de nueve meses de prisión y el pago de 3.000 euros a su expareja al haber sido condenada con la concurrencia agravante de reincidencia “y a la vista de la hoja del histórico penal”. La última condena ha sido dictada por la Audiencia Provincial de Sevilla.

«Es la propia hija la que se niega en redondo no ya a estar con él en estancias de fines de semana sino que ni siquiera desea verlo«, alegó la defensa de Salmerón en un recurso ante la Audiencia que no ha sido admitido.

En un recurso de súplica, la defensa incide nuevamente en ello y afirma que la Audiencia no ha tenido en cuenta esta circunstancia: «Los autos mencionados constituyen una valiosa prueba para la recurrente, pues ponen de manifiesto la verdadera voluntad de su hija, que, en garantía de su derecho a ser oída, fue escuchada con detenimiento por la jueza –obligada a hacerlo en asuntos de familia que afecten directamente a la menor (como es el caso de este sobre el régimen de visita)– y explorada
mediante un examen pormenorizado por parte del equipo psicosocial técnico del Juzgado. En estas circunstancias garantistas son en las que la hija de la recurrente pudo expresarse con confianza y así reforzar lo expresado también en este proceso: que se niega en redondo a estar con su padre y que ni siquiera desea verlo. Ante esta actitud de su hija, a la señora Salmerón solo se le puede achacar el haber dicho que la respeta, pero nada más, sin que este comportamiento pueda constituir delito alguno. Entendemos que esta documental es más que suficiente para desvirtuar otra prueba considerada relevante por el Juzgado de Primera Instancia y por este Tribunal para condenar a la recurrente».

Salmerón –quien también fue absuelta de una denuncia falsa de la que la acusó su expareja– y su hija se muestran muy afectadas por los acontecimientos, y han recurrido el auto de ingreso en prisión. El Supremo también anuló un indulto que recibió del Gobierno tras el recurso presentado por su expareja.

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Comentarios
  1. La «justicia» da asco. No se debe, ni se tendría que poder obligar a una menor a ver y estar con un adulto con el que no desea estar ni ver. ¿Cómo es posible que no tengan encuentra el daño psicológico para la menor?

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