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Ocho consideraciones sobre la sentencia (machista) que condena a Juana Rivas

"Independientemente de que la mujer condenada se llame Juana, Pepa o Dolores, se puede extraer una conclusión clara de esta resolución: la Justicia necesita urgentemente formación en violencia de género, como toda la sociedad".

Juana Rivas, en agosto de 2017. REUTERS

Podemos hacer muchos análisis tras leer la sentencia que condena a Juana Rivas por sustracción de menores. Pero independientemente de que la mujer condenada se llame Juana, Pepa o Dolores, se puede extraer una conclusión clara de esta resolución judicial: los jueces y juezas en general, como el magistrado del juzgado de lo Penal 1 de Granada que la firma, Manuel Piñar, necesitan urgentemente formación en violencia de género, como toda la sociedad. Lo indican las propias leyes, que el propio magistrado o ignora o no tiene en cuenta a la vista de algunas afirmaciones. Estas son algunas consideraciones de urgencia:

1. El juez se refiere en distintas ocasiones al «maltrato» de Francesco Arcuri hacia Juana Rivas probado en una sentencia de 2009 –la golpeó, recoge el propio juez– como «incidente», «suceso» y «episodio». Aquella sentencia lo condenó por «un delito de lesiones en el ámbito familiar» tras «golpear repetidamente» a Juana, a quien le pidió explicaciones sobre dónde había estado aquella noche. El juez Manuel Piñar lo recoge en esta sentencia como un delito de maltrato. Obviamente –aunque parece que no es tan obvio– la violencia de género y una condena por ello no es un incidente ni un suceso ni un episodio. Es un delito. Un delito muy específico que se comete contra una mujer por el mero hecho de ser mujer, como especifica el Pacto de Estado aprobado en el Congreso. Por tanto, no es riguroso tampoco hablar de «reconciliación» –como escribe el juez– cuando una víctima de violencia de género vuelve con una pareja que la ha golpeado.

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2. Nada aporta, dice también el juez, un informe psicológico que recoge que Juana Rivas muestra síntomas de haber padecido trastornos de estrés postraumático, cuyo origen se localiza en la percepción de la convivencia familiar. «Es decir –concluye el magistrado–, que no aprecia malos tratos como origen de ese estrés derivado solo por una percepción de la convivencia familiar, en la que como suele ocurrir, seguramente había momentos de tensión, desacuerdos, disputa o discusión, pero de ahí al maltrato hay una diferencia». Sería algo así como afirmar que el estrés postraumático que señala el informe se debe por tanto a, pongamos por caso, discusiones sobre la serie de televisión que la familia verá esa noche o la tensión que causa elegir el detergente con el que se lava la ropa.

3. Dice también el juez Manuel Piñar que los informes presentados que sostienen que «los maltratadores tienen como objetivo controlar, someter, aleccionar e imponer normas, y que de ser entregado el menor al padre puede seguir los mismos patrones de maltrato que este», no son rigurosos en este caso: «Eso ocurrirá en los casos en que se esté ante el caso de un maltratador y ese no es este», añade el juez, obviando de nuevo la condena de 2009. Y obviando, por ejemplo, el espíritu del Pacto de Estado: ningún maltratador puede ser un buen padre. Sostiene también el juez que los maltratadores suelen ser personas de mente atávica y primigenia y actúan por impulsos.

4. Argumenta, además, que la situación de maltrato denunciada posteriormente por Juana Rivas contra su expareja, una vez con los niños en España, es inexistente porque no está probada por ningún tribunal y ni siquiera ha sido tramitada. ¿Y dónde está esa denuncia? ¿Cómo se puede juzgar este caso sin haber sido resuelta previamente no una denuncia por el robo de la cartera sino una denuncia a un hombre por maltrato con antecedentes no de robo de carteras, sino de maltrato?

5. Insiste el juez en que no son creíbles esos hechos porque ningún juzgado ha declarado la veracidad de los mismos. Y, en este punto, escribe que Juana Rivas puede haber puesto esa denuncia para conseguir su objetivo: no volver a Italia y quedarse con sus hijos. Esta afirmación contenida en una sentencia –no en una tertulia televisiva, que sería también grave– puede llevar a pensar a cualquiera que la lea que Juana Rivas puso una denuncia falsa: «Cuando las denuncias por malos tratos se interponen de forma coetánea a un proceso de separación o por disputas sobre guardia y custodia o bienes, se exige un análisis cauteloso, sobre todo si en ellas se relatan hechos pasados que se pudieron denunciar antes. Sabido es el efecto tuitivo que despliegan los poderes públicos con respecto a las personas afectadas por malos tratos, uno de los cuales es apartar a los menores del maltratador, y, lógicamente, con esa perspectiva, no es extraño, como muestra la práctica, que en algunos casos, se recurra a esta vía como medio de obtener ventajas procesales», dice con total naturalidad el juez. «Lógicamente, con esa perspectiva, no es extraño, como muestra la práctica, que en algunos casos»… La práctica oficial, la que muestra la memoria de la Fiscalía General del Estado, dice lo contrario: en los últimos ocho años se presentaron 1.055.912 denuncias y solo en 79 casos hubo sentencias por denuncia falsa (0,0075 %). Si un juez tiene pruebas de una denuncia falsa tiene que condenar, pero no hacer suposiciones u opinar en una sentencia: «Los hechos muestran que ella decide separarse en el verano de 2016 y por sí misma o porque alguien le asesora, se percata que hay un escollo importante con la guarda y custodia de los dos niños y para obtenerla a su favor, decide explotar el argumento del maltrato».

6. De la sentencia –que destaca que Juana Rivas, con todo ello, se benefició de ayudas destinadas a mujeres maltratadas– también se desprende que el juez ignora o no tiene en cuenta otro punto del Pacto de Estado o la reciente reforma de la ley de violencia de género aprobada por la Junta de Andalucía, que establece que ya no es necesaria la denuncia o una resolución judicial para poder acreditar la situación de víctima.

7. «No explicó ni se comprende que si fue maltratada en Italia entre 2012 y 2016, al nivel que ella dijo, de tortura y terror, no denunciara allí el momento en que se producía cada uno de los varios episodios que tuvieron lugar, según ella», añade la sentencia. ¿Sabrá el magistrado que de las 23 mujeres asesinadas este año, solo cinco habían presentado denuncia? ¿O que solo 11 de las 55 mujeres asesinadas en 2017 habían presentado denuncia? ¿O que ninguna de las 71 mujeres asesinadas en 2003, el primer año en el que disponemos de estadísticas, había presentado denuncia?

8. Tampoco comprende el juez cómo Juana Rivas no denunció esos hechos, atención, «tratándose de un país con una legislación y cultura de rechazo a estas conductas, similar a la nuestra». ¿Habrá oído hablar el juez de Berlusconi? ¿Sabrá el juez que llevamos 947 mujeres asesinadas desde 2003, aquí, en España, en ese país con «legislación y cultura de rechazo» a la violencia de género? «Si hubiera residido en un país con una cultura de las que manifiestamente no combaten el maltrato –insiste el juez en su perplejidad sin especificar de qué país se trata– sería comprensible que no hubiera presentado denuncia e incluso podría tener sentido haber callado los hechos hasta en su círculo más íntimo. Pero no es el caso de Italia». Que hasta el momento –y volvemos al principio– no ha investigado una denuncia por maltrato en un caso, además, tan mediático como el que nos ocupa.

* La sentencia puede ser recurrida. ¿Habría sido absuelta Juana Rivas teniendo en cuenta todo ello? No lo sabemos. Pero habría sido juzgada con perspectiva de género, de una forma más justa. 

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Comentarios
  1. Bravo has puesto a salvo a tus hijos,que mueren cuántos niños han sido asesinados a manos de estos H.P.

  2. Falso no fue condenado por malos tratos y segundo, se acreditó judicialmente que Juana mintió. Basta de demagogia populista.

  3. La ingeniería social a través de la ideología de género está cumpliendo su función. Un amigo me dijo que ni loco se ponía como objetivo tener ni hijos ni una familia en España. No puede ser que volvamos a los tiempos medievales en qué una narrativa emocional sea más importante que cuatro jueces en dos jurisdicciones distintas. El feminismo y la ideología de género actual será la tumba de la izquierda. Igualdad significa eso: igualdad de derechos y deberes. El feminismo radical actual de algunas feministas no todas, es sumamente tóxico y. enfermizo. No se puede criticar o hacer observaciones porque igual que las sectas desde dentro se lo ve como un ataque a la verdad absoluta.

  4. “Predicar a los cuatro vientos que una persona maltrata, tortura y aterra a una familia, e incluso, que ha golpeado al hijo mayor, cuando no hay una condena firme, ni siquiera una investigación en trámite, y arengar a una multitud irreflexiva y visceral, para hacerla cómplice de ese escarnio, tratando de que la apoye de forma más o menos explícita es una afrenta que muestra una voluntad dañina y lesiva de elementales derechos como el honor o el de presunción de inocencia con rango constitucional que costó a la humanidad mucho conquistar y el principio de la dignidad de la persona que es un valor constitucional acogido por el art. 10 de la Constitución española”. El juez

  5. Dices que «Obviamente –aunque parece que no es tan obvio– la violencia de género y una condena por ello no es un incidente ni un suceso ni un episodio. Es un delito. Un delito muy específico que se comete contra una mujer por el mero hecho de ser mujer, como especifica el Pacto de Estado aprobado en el Congreso.» Creo que te equivocas. No la golpeó (y ella, tal vez, a él) por ser mujer, sino por llegar tardísimo (y dejar a su hijo de tres años con él), llegar a las 5:30 de la mañana.
    Me da la impresión de que si un hombre hubiera hecho eso, la mujer también habría tenido un cabreo monumental, y pensaríais de él que es un cerdo machista.
    Seamos justos, pues. En un comentario he leído que un juez en Italia le condenó por malos tratos. No es cierto. Ningún kuez en Italia lo ha condenado por malos tratos.
    Estoy sorprendido de que supuestas feministas de una supuesta izquierda avalen el comportamiento de una obvia delincuente, por el mero hecho de ser mujer. Es increíble.

  6. Lamento profundamente no compartir el contenido de este artículo. Si bien es cierto al gran problema que sufrimos en este país con la violencia de género. No podemos negar el uso del que se valen algunas mujeres , y el consejo de algunos abogados, de utilizar la ley contra la violencia de género de forma torticera.

  7. En 2009 se dieron de ostias y le condenaron a él por tener más fuerza. Se acaban las denuncias y los problemas. Nueva maternidad. Me vengo a España y cuando me toca volver denuncio y trato de aprovecharme de las leyes feministas o matriarcales….ahora como la sentencia no nos gusta decimos q la justicia es patriarcal…..no nos entendemos.
    Sigo sin creerte Juana. Ya te avisaron de que así no conseguiría s nada.

  8. Muy buen artículo, Olivia.
    Y muy triste ver como hombres de izquierdas ven en nuestra postura odio hacia ellos (pero si nosotras tenemos hijos, maridos, amigos, hermanos…,¿Cómo vamos a odiarlos?) en vez de ver autodefensa.
    Todos obviais que Arcuri fue condenado por malos tratos por un juez en Italia, y un maltratador no deja de serlo sin más. Además un maltratador no puede ser un buen padre, me parece tan evidente…. aunque no agreda físicamente a las criaturas, éstas sufren al ver que están haciendo daño a la persona que más quieren; y por otro lado ¿qué está enseñando a sus hijos e hijas, que la violencia está bien, que ellos pueden pegar y ellas tienen que ser sumisas para no ser agredidas? Y luego todavía alguno dice que el machismo es culpa de las mujeres porque somos quienes educamos. ¿Acaso un padre no educa dando ejemplo?

  9. Un gran rebaño de borregos que normalmente anda pastando como borregos que son, se pasea por los medios echando espuma por la boca. Y qué importante es leer sus comentarios para no perderlos de vista y para mantener la lucha. Sigan vociferando. Gracias

  10. «La práctica oficial, la que muestra la memoria de la Fiscalía General del Estado, dice lo contrario: en los últimos ocho años se presentaron 1.055.912 denuncias y solo en 79 casos hubo sentencias por denuncia falsa (0,0075 %).»

    «Práctica oficial», menudo oxímoron. Yo en mis prácticas de la carrera recuerdo un caso de denuncia falsa de maltrato: madre que denuncia al padre la víspera de la vista donde se ha de decidir la custodia de los hijos; padre que pasó esa noche en el calabozo tan gratuitamente. Por supuesto, la juez me dijo que no actuaría contra la denunciante por temor a la presión social, para no meterse en un berenjenal.

    Es mi experiencia, y la de muchos profesionales. No servirá en un estudio académico para contradecir las estadísticas oficiales, pero a mí me aporta mucha claridad.

    «[E]l juez ignora o no tiene en cuenta otro punto del Pacto de Estado o la reciente reforma de la ley de violencia de género aprobada por la Junta de Andalucía, que establece que ya no es necesaria la denuncia o una resolución judicial para poder acreditar la situación de víctima.»

    Pues vamos apañados.

    • Abundando es su comentario: «0,0075% de denuncias falsas». Según la entrevista a Yobana Carril, más abajo, ese es sólo el número de aquéllas que el juez decide investigar, supongo que para no boicotear la «perspectiva de género»
      https://www.youtube.com/watch?v=OwmLChAfaew&t=539s
      Sigan así, señoras feministas, que por este camino el feminismo va a retroceder de nuevo 100 años.

  11. Que verguenza de artículo. La Justicia necesita perspectiva de género?? Pero que aberracion es esa? La justicia juzga hechos y pruebas(por eso en su figura lleva una venda en los ojos). Y sobre el artículo, lamentable!! Estás feministas de última generación han perdido el norte,el odio hacia el hombre es razón de existir. Se basa solamente en la denuncia que se interpusier mutuamente en 2009, no dice nada sobre el hecho en SI.. secuestrar a sus hijos por su propia decísion.
    Y dar las gracias a la escritora del artículo……..ha dado un paso más hacia el fin del feminismo radical al hacer artículos tan irracionales y patéticos.

  12. A Einstein le preguntaron ? qué piensas de la mujer? y respondió : de qué mujer? de la que va en rebaño y repite sin pensar lo que dice alguna del rebaño? o de las que tienen ideas propias? , las segundas son útiles para la humanidad las otras la retrasan.

  13. El primer error es volver a convivir con una persona a la que pones una denuncia por violencia de género. A partir de ese momento estás condicionando el resto de tu vida, la veracidad, la intención, la interpretación del juez, de la opinión pública, y el resto de datos que se aportan a este caso está condicionado a ese momento en concreto.

  14. Tengo más de 50 años y fui un niño maltratado, como mi madre. Y en unos tiempos en los que pegar a la mujer y a los hijos estaba incluso bien visto. Así que de maltrato sé un rato. Una vez dicho esto, pasaos por el twitter del abogado David Bravo, nada sospechoso en este aspecto, y leéis con atención lo que ha dicho sobre el tema. Es indecente que se esté instaurando la presunción de culpabilidad de la mitad de la población.

  15. Siento no compartir este artículo. Se han utilizado no buenos ejemplos para defender la perspectiva de género y este es uno de ellos. No todo vale para legitimar una postura ideológica. Lamentablemente muchos padres han sufrido las leyes existentes de género. Y para ellos lejos de ser una leyes patriarcales son leyes que los discrimina. Un abrazo. Temas como este me hacen alejarme de la izquierda… Tanto el independentismo como el feminismo actual no existirían sin un montón de dinero subvenciones. Lo que da pena es te agrandan un problema para hombres y mujeres a los cuales cada vez es más difícil comprometerse por miedo.

  16. Desde el punto de vista jurídico, tu artículo deja bastante que desear. No intentes engañar a la sociedad, no seas demagoga, qué daño estáis haciendo a la sociedad. De vergüenza

  17. Hay una consideración muy importante y es que Juana Rivas ha sido condenada a 5 años de cárcel. Al margen de los comentarios de este juez, que se califica él solito, lo más tremendo es que se pueda condenar con cárcel a una mujer que defiende a sus hijos, a los que sí que entregó.

  18. Hay una consideración muy importante y es que Juana Rivas ha sido condenada a 5 años de cárcel. Al margen de las consideraciones de este juez, que se califica él solito, lo más tremendo es que se pueda condenar con cárcel a una mujer que defiende a sus hijos, a los que sí que entregó.

  19. Estáis perdiendo el norte (bueno, con ésto ya lo habéis perdido) y estáis perdiendo credibilidad.

    Os estáis poniendo de lado de una SECUESTRADORA.

    Éste «artículo» (panfleto más bien), debería estar en «los machos son todos unos hijos de puta», porque de feminismo no tiene nada.

    El feminismo busca LA IGUALDAD, no que un género tenga preferencia sobre otro.

    • 1 «Sustracción», no «secuestro»
      2 Los niños NO quieren ni han querido estar con el «padre»
      3 Cruzas la calle con el semáforo en rojo porque te persigue un perro, te multan ignorando que te persigue un perro, sólo un capitidisminuido te llama «infractor» o «secuestrador»
      4 El «padre» al estar en España pedía que ella fuera a Italia, ofrecía custodia compartida + habitación + mensualidad, como ella no ha querido entonces pide cárcel… Y sigue habiendo gente que dice «secuestradora» en lugar de «maltratador», tal vez sea cierto que los maltratadores se apoyan unos a otros.

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