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¿Dónde está el voto CERA?

El Gobierno no publica datos sobre el voto de los residentes en el extranjero Interior envía a preguntar en cada junta electoral El Consejo de Transparencia le obliga a remitir la petición a la Junta Electoral Central para comprobar si existe esa información

CIVIO // Si preguntas al Ministerio del Interior qué votaron los españoles residentes en el extranjero el pasado 20 de diciembre, responde que no lo sabe. El voto CERA (Censo Electoral de Residentes Ausentes), según la respuesta recibida a una solicitud de información realizada por Civio, “se integra y se diluye” en los resultados definitivos. Una respuesta que el Consejo de Transparencia y Buen Gobierno (CTBG) ha tumbado de forma parcial.

Interior asegura que esa información está, por separado, en cada una de las juntas de zona, y anima al solicitante a pedir los datos a todas ellas. Pero, como apunta el CTBG, su respuesta podría llevar implícita una afirmación: “la información -con los datos globales- estaría a disposición de la Junta Electoral Central“. Por esa razón, obliga a Interior a remitir la solicitud de información a este organismo, para que decida si concede o no el acceso a esos datos. Es decir: cómo votaron los residentes en el extranjero.

Otro de las argumentos que dio el Ministerio para negar los resultados globales del voto CERA es que “nunca antes habían sido difundidos por la Junta Electoral Central”, una razón que, para el Consejo, no es válida. Como tampoco lo es que la respuesta dada (enviar a los enlaces en los que se publican datos sobre resultados, pero no estos) sea la misma que la que se ofrece a cualquier ciudadano que se dirija a Interior. “El derecho de acceso tiene unas normas y unas excepciones”, afirma el CTBG. Es decir: no importa qué se haya hecho hasta ahora o cómo se responda por otras vías: las solicitudes de información basadas en la Ley de Transparencia tienen unas reglas concretas.

Interior también tiene dudas sobre si la Junta Electoral Central es un organismo afectado por el derecho de acceso a la información. Para el Consejo, sí lo está y debe recibir la solicitud para decidir si da los datos o no. Si el Ministerio hace caso a la resolución y remite la solicitud, será la JEC quien tenga que responder si tiene esos datos del conjunto y si, siendo así, concede el acceso.

BOLAS EXTRA:

¿Y los residentes temporales?. La solicitud de información, enviada el pasado 2 de febrero, no solo preguntaba por los resultados del voto CERA, también por el CERTA (Censo Electoral de Residentes Temporalmente Ausentes). Interior afirma en este caso que este tipo de votos se incorporan a cada mesa electoral junto al de los españoles residentes en España y que el proceso no es reversible. Es decir, que es imposible separarlos del resto. En este caso, el CTBG ha dado la razón al Gobierno.

Conceder denegando. La primera respuesta de Interior afirmaba que se concedía el acceso a la información. Eso, claro, no es cierto. No se envió ninguno de los datos solicitados. Al plantear esta queja en la reclamación ante el Consejo, el Ministerio lo justifica en que el solicitante “tiene derecho a saber por qué es imposible darle los datos”. Eso, justificar por qué no se concede el acceso, es una denegación. Motivada, como obliga la ley.

Buenas tardes.

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