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La asociación Derecho a Morir Dignamente pide a los partidos que despenalicen la eutanasia

Tras la condena a dos miembros de la asociación, su presidente considera que la normativa que castiga la eutanasia y el suicidio asistido “se está poniendo de moda”.

«La aplicación del artículo 143 del Código Penal se está poniendo de moda. Nos llama la atención que sólo en cinco ocasiones se ha aplicado el 143 y en tres de ellas se ha dictado sentencia este último mes”, ha afirmado en una rueda de prensa el presidente de la asociación Derecho a Morir Dignamente (DMD), Luis Montes. Las declaraciones se producen tras el acuerdo alcanzado entre tres personas -dos de ellas socias de DMD- y la Fiscalía por el que han evitado la cárcel tras ser acusadas de la muerte de dos personas en aplicación del citado artículo, que castiga el suicidio asistido y la eutanasia.

Montes ha aclarado que no están satisfechos con el acuerdo: “Entendemos que ha sido por un imperativo legal, por un estado de necesidad en el que había dos opciones: cárcel o aceptar grado de complicidad”. Han conseguido reducir las penas de seis a dos años de cárcel y los acusados han pasado de ser autores a cómplices. Por ello, Montes ha vuelto a solicitar a los partidos políticos la derogación del artículo 143 y la aprobación de una Ley de Eutanasia.

El primer caso ocurrió en Avilés (Asturias) en 2012. Una mujer falleció tras ingerir pentobarbital sódico, una sustancia que causa la muerte sin dolor y que según la Fiscalía fue facilitada por un miembro de la asociación de Barcelona a cambio de 6.000 euros. Los portavoces de la organización aseguran que estos contactos se realizaron sin su conocimiento ni su consentimiento.

La hermana de la fallecida denunció su desaparición y la Policía abrió una investigación. El principal acusado y, socio de DMD, se suicidó diez días después de que los agentes le tomasen declaración. La Fiscalía relacionó este caso con otros dos miembros de la asociación: Fernando M. y Mercedes C. El Ministerio Público asegura que se encargaron de suministrarle los medicamentos al principal acusado. “A sabiendas del destino que se les daba y con conocimiento del resultado que produciría. Junto con Mercedes C., procedían a conseguir el pentobarbital sódico por Internet en México y luego ambos indistintamente procedían a distribuirlo”, añade el escrito de la fiscal.

El segundo caso, mezclado con el primero, implica al tercer acusado, que contactó con Fernando M. para poner fin a la vida de su hermano, que sufría VIH, hepatitis C, con metástasis en varios órganos vitales, estado terminal y había expresado su voluntad de acabar con ese sufrimiento. La Policía tenía pinchado el teléfono del acusado por el caso de Avilés y escucharon cómo el socio de DMD sugería a su interlocutor que utilizase “un tratamiento convencional, una sedación paliativa profunda” para su hermano. Los agentes interceptaron los fármacos y el Ministerio Público les acusó de cooperación al suicidio en grado de tentativa.

Montes ha justificado la asunción de responsabilidades en este segundo caso, “una sedación terminal de libro, que se realizó siguiendo el protocolo de la Junta de Andalucía”, porque los tres delitos “eran un paquete que no se podía separar”.

Los portavoces de DMD consideran que el ordenamiento jurídico actual provoca que “algunos ciudadanos nos veamos sometidos a la presión de cuestionarnos si determinadas conductas suponen o no delito”. Por eso abogan por la derogación del artículo 143. Una petición que cuenta con el apoyo de “una mayoría social que piensa que las peticiones de ayuda cuenten con garantías para que la muerte se produzca de forma pacífica”, según ha indicado Montes.

“Luchamos para que los partidos políticos den una respuesta eficiente a este derecho emergente y para que introduzcan en sus programas la elaboración de una ley de disponibilidad de la propia vida. Si realmente estamos en un momento de cambio, pedimos que no se hable sólo de Venezuela, queremos que también se discuta sobre la disposición de la propia vida”, ha finalizado.

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