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La Justicia refuerza la protección a los menores en casos de violencia machista
Los últimos datos del Poder Judicial indican un aumento de la suspensión del régimen de visitas, de la patria potestad y de la guarda y custodia. "Aún persiste la falacia de que un maltratador no es necesariamente un mal padre…”, denuncia Vanessa Casado, abogada especialista en violencia de género.
El informe del Observatorio contra la violencia doméstica y de género publicado el pasado viernes ha cerrado la semana de celebración del 8 de marzo con una cifra escalofriante: 129.123 denuncias en 2015; 353 denuncias al día. Los datos, valorados como positivos por la presidenta del órgano del Poder Judicial, Ángeles Carmona, desde la perspectiva de una “mayor sensibilidad y concienciación», reflejan también un avance en relación con las medidas de protección a los menores: la suspensión del régimen de visitas ha aumentado un 28,8% con respecto al año anterior; la suspensión de la patria potestad, un 50%; y la suspensión de la guarda y custodia, un 13,4%.
Carmona atribuye esta subida a las últimas reformas legislativas (Ley Orgánica de la protección a la infancia y Estatuto de la Víctima) y a la mayor formación de los jueces en materia de violencia de género. Es decir, la justicia comienza a entender que un maltratador no puede ser un buen padre.
La abogada especialista en violencia de género Vanessa Casado también atribuye parte de ese incremento a la reforma del Código Penal y de la Ley de Enjuiciamiento Criminal en su artículo 544 ter. “Conforme a la nueva regulación, cuando existan menores o personas con capacidad judicialmente modificada que convivan con la víctima y dependan de ella, el juez deberá pronunciarse en todo caso, incluso de oficio, sobre la pertinencia de la adopción de las medidas de naturaleza civil. Estas medidas simplemente antes no siempre se adoptaban”, explica Casado, que es profesora colaboradora del Máster de Género de la Universidad Pablo de Olavide de Sevilla.
Casado destaca también como posible factor de esa tendencia al alza la jurisprudencia reciente recaída por ejemplo en el Tribunal Supremo, que, entre otras cosas, “se ha posicionado sobre la privación de la patria potestad por incumplimiento reiterado de las obligaciones familiares (visitas y alimentos) en su STS 4575/2015”. En ese caso, el Supremo consideró que la conducta del padre demandado, que no se relacionaba con su hija, hacía dejación de sus funciones sin causa justificada. Esto último, añade Casado, permite que los abogados y abogadas invoquen la sentencia con objeto de alcanzar sus pretensiones.
¿Hubieran evitado estas reformas el caso de María Salmerón, la mujer condenada en varias ocasiones por incumplir el régimen de visitas de su exmarido, condenado a su vez por maltratarla? Casado no se muestra en este caso muy optimista: “No lo creo. Diversas resoluciones judiciales la obligaban a entregar a su hija a su exmarido, a pesar de que la propia hija le tenía miedo. Desgraciadamente, no se entiende aún, con carácter general, que el propio hecho de maltratar a tu madre y, por lo tanto, educarte en un sistema de sometimiento de las mujeres en el ámbito afectivo y de supremacía masculina, es per se lesivo para el desarrollo de cualquier persona”.
La experta explica que para que se produzca una suspensión del régimen de visitas y, más aún, una privación de patria potestad, lo habitual son estos dos escenarios: que el propio progenitor no custodio evidencie un desinterés al respecto; y que se hayan evidenciado conductas graves y lesivas para el propio desarrollo del/la menor cuya guarda y custodia se limita o suspende o cuya patria potestad se suspende. “Y aún persiste la falacia de que un maltratador no es necesariamente un mal padre…”, denuncia.
Indulto recurrido
Salmerón, que ha sido indultada recientemente por el Gobierno, acaba de ser galardonada con el Premio Clara Campoamor que concede el PSOE andaluz: “Es una madre coraje capaz de enfrentarse incluso a la Justicia para proteger a su hija menor del padre maltratador”, ha destacado la secretaria general de los socialistas sevillanos, Verónica Pérez.
El calvario de esta mujer comenzó en 2009, cuando una jueza otorgó la custodia al padre, condenado a 21 meses de prisión por maltrato habitual durante el matrimonio, porque consideró que María no tenía derecho a impedir al hombre ver a su hija. Siete años después, el calvario no ha terminado: el Supremo ha admitido a trámite un recurso de casación en contra del indulto concedido el pasado 5 de febrero por el Gobierno, según informó la denominada Asociación de Víctimas de la Violencia de Género, presidida por la actual pareja de su exmarido.