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Cinco claves del auto de archivo de la denuncia contra Zapata

El juez rechaza por completo la acusación de haber humillado a las víctimas. La propia Irene Villa desmintió sentirse humillada

MADRID // Este jueves el juez de la Audiencia Nacional Santiago Pedraz ha ordenado el archivo de la denuncia interpuesta por la asociación Dignidad y Justicia contra el concejal de Ahora Madrid Guillermo Zapata. El motivo de la denuncia fue la comisión de un supuesto delito de humillación a las víctimas, que el juez ha rechazado de plano.

Estas son las cinco claves en las que se sustenta el auto del juez Pedraz:

1. ¿Quién denuncia y qué se denuncia? En primer lugar, la asociación Dignidad y Justicia presentó una denuncia contra el concejal Zapata por un único tuit, el que se refería a Irene Villa. Denunció ese mensaje y sólo ese, un detalle que no debe pasar desapercibido. Más adelante, como explica el juez en el auto de archivo, se añadió a las diligencias la denuncia presentada por Manos Limpias y otras 73 personas por otros tuits de sobra conocidos (referencias a judíos, ETA etc.)

Lo que llama la atención es que precisamente la denuncia original que abre el proceso no se preocupa de todas las posibles víctimas humilladas por los tuits de Zapata, sino que hace referencia a un único tuit.

2. Irene villa no se siente humillada. Pese a que la asociación Dignidad y Justicia presentó la denuncia por ese único tuit, la supuesta víctima de la humillación expresó en medios de comunicación que no se había sentido humillada. Irene Villa presentó un escrito el 30 de junio para comunicar que no podía asistir a testificar el día que estaba señalado -7 de julio- porque no se encontraba en Madrid.

Además, la señora Villa incluyó en su escrito lo que ya había dicho públicamente: no se ha sentido humillada. “Determinados chistes no han afectado a mi persona, ni me han causado ninguna humillación”, cita el auto.

3. No hay delito de humillación porque no se es perverso ni se da dolo específico: son chistes. El juez Pedraz hace un relato sobre el artículo 578 del Código Penal, que regula el delito de humillación a las víctimas, y explica que no pueden “suponer la comisión de delito alguno” los tuits escritos por Zapata. “No integra una conducta especialmente perversa ni se da dolo específico (…) Se trata de un tuit que contiene una frase aislada, sin más, esto es, sin explicaciones o comentarios”, que viene a reforzar el argumento de Zapata acerca del contexto. “El significado es simple: chistes de humor negro (…) ánimo muy distinto al de desprestigiar o rebajar la dignidad de las víctimas.

4. Si se denuncia este chiste, se deberían denunciar los miles que hay idénticos en internet y la Fiscalía debería abrir miles de procesos. El auto carga duramente contra la utilización política de esta denuncia: “Lo que no puede hacerse es perseguir solo a determinadas y no a otras”, relata. “De perseguirse tal conducta habría que hacerlo respecto de todos los que han publicado ‘chistes’ similares en las redes sociales e internet”, para lo que la Fiscalía, cuenta Pedraz, debería abrir “miles de causas”, pues tiene la obligación de actuar de oficio.

5. A Zapata se le imputa para preservar sus derechos. No se le imputa para nada más que para permitirle defenderse y por obligación de la Constitución. En ningún momento el juez quiso dar credibilidad a la denuncia pues, como bien dice el auto de archivo, “el artículo 24.2 CE exige informar al imputado de la acusación y los derechos que le asisten como tal y para ello se le cita”.

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