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El Estado niega la reproducción asistida a una mujer por carecer de pareja masculina

Una reforma de la cartera de servicios del Sistema Nacional de Salud excluye a las madres solteras y parejas lesbianas de la financiación de la reproducción asistida

MADRID // Mariella es mayor de edad y quiere ser madre. Por ese motivo ha acudido en varias ocasiones a la Fundación Jiménez Díaz para recibir tratamiento de reproducción asistida. Desde el 7 de noviembre, no puede acceder a esas técnicas financiadas por la Sanidad pública. ¿El motivo? Mariella no tiene pareja… masculina.

El 6 de noviembre de 2014, el Boletín Oficial del Estado publicaba una reforma de la cartera de servicios del Sistema Nacional de Salud. En el apartado 5.3.8 del Anexo II se escondía una sorpresa para las mujeres que quieren ser madres solas o junto a otra mujer. Las condiciones para acceder a las técnicas de reproducción asistida en ese momento cambiaban. “Las mujeres serán mayores de 18 años y menores de 40 años y los hombres mayores de 18 años y menores de 55 años en el momento del inicio del estudio de esterilidad”, indica la nueva ley.

Mariella acudió el pasado 15 de enero a su hospital de referencia, donde la doctora que le atiende le comunicó que había habido cambios en los procesos de reproducción asistida y que debido a esos cambios le es imposible continuar con el tratamiento.

“La pregunta que le hago a la doctora es cuáles son esos cambios y me responde que el Gobierno ya no cubre los tratamientos a mujeres solteras, ni a lesbianas, con lo cual el mío ha sido cancelado y sin más nos da el informe médico en el que se estipula todas la inseminaciones y también el informe final en el que se explica por qué se ha cancelado”, explica asombrada Mariella. Ese informe señala: «Paciente sin pareja masculina, realizado estudio de fertilidad en este centro, explico que según BOE publicado el 6 de noviembre del 2014, las pacientes de sus características no se contemplan en las prestaciones de técnicas de reproducción asistida por el sistema público de salud».

La nueva normativa del BOE establece que los tratamientos de reproducción humana asistida (RHA) con fin terapéutico se aplicarán tras una “ausencia de consecución de embarazo tras un mínimo 12 meses de relaciones sexuales con coito vaginal sin empleo de métodos anticonceptivos”.

Desde el despacho de abogados que llevan el caso de Mariella aseguran que estos cambios en el BOE contradicen directamente la Ley 14/2006, de 26 de mayo, sobre técnicas de reproducción humana asistida, que indica en su artículo 6 que “la mujer podrá ser usuaria o receptora de las técnicas reguladas en esta Ley con independencia de su estado civil y orientación sexual”.

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