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Los médicos navarros tendrán que inscribirse en un registro para negarse a practicar abortos

El TC rechaza el recurso impulsado por diputados conservadores, aunque con un voto en contra del ponente que tendrá que decidir sobre el futuro de la ley del aborto de 2010

El Tribunal Constitucional ha dictado una sentencia por mayoría (sólo con el voto en contra de Andrés Ollero, el ponente encargado del recurso contra la ley del aborto del año 2010) en la que asegura que regular la existencia de un registro de médicos objetores de conciencia no vulnera ningún derecho fundamental.

El Constitucional avala la decisión del gobierno de UPN y PSN que en 2010 creó un registro de profesionales objetores a la ley del aborto. En el registro los sanitarios tenían que hacer una declaración donde explican los supuestos en los que se declara objetores y sus motivos.

En ese momento, el Partido Popular impulsó un recurso capitaneado por Federico Trillo y otros 59 diputados contra la ley calificándola de “discriminatoria”. Hoy, el Constitucional ha decidido rechazar ese recurso de inconstitucional con el significativo voto en contra de Andrés Ollero.

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