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Las devoluciones en caliente, al margen de la ley

Los argumentos que utiliza el Gobierno para el procedimiento de devolución en caliente quedan refutados en el informe “Expulsiones en caliente”, realizado por expertos jurídicos

MADRID // La devolución en caliente supone una vulneración de derechos básicos de la persona que migra recogidos en las leyes de extranjería. Además, las actuaciones violentas de policías pueden ser motivo de sanción penal por aquel que ejecute la acción y quien dicte la orden. El informe jurídico Expulsiones en caliente: cuando el Estado actúa al margen de la ley recoge estos hechos y rebate las argumentaciones que el Ministerio de Interior expone a favor del procedimiento de expulsión. El texto, realizado por expertos en materia jurídica, fue presentado el pasado viernes en el Salón de Actos de la Universidad Complutense de Madrid.

El acceso por una zona no habilitada, las fronteras móviles y el Acuerdo de Admisión Hispano-Marroquí del año 1992 forman el conjunto de argumentaciones presentadas por el Gobierno. José Miguel Sánchez Tomás, profesor titular de Derecho Penal de la URJC, declara que estos razonamientos no tienen respaldo jurídico y, por tanto, se encuentran al margen de la ley. El reglamento de extranjería recoge varios supuestos, entre los que se encuentra la entrada a través de una zona no habilitada y el procedimiento, en ese caso, consiste en la devolución mediante trámite en la Administración. Cuando se produce esta situación, aclara Sánchez Tomás, los interceptados por la Guardia Civil “deben entregar a las personas a la comisaría de policía”, y la delegación de Gobierno “decide si esa persona vuelve a su país de procedencia”.

El Reglamento de Ejecución de la Ley de extranjería estima el derecho a tramitar la devolución de personas inmigrantes interceptadas en “la frontera, en sus inmediaciones o en el interior del territorio nacional”, por lo que la devolución en caliente no cumple la legislación vigente. La tramitación de la devolución supone un procedimiento administrativo donde el inmigrante dispone de asistencia letrada gratuita y el acceso a información sobre su situación.

La fronteras móviles también constituyen una actuación al margen de la ley, ya que contradicen el marco de las normas de derecho internacional. Sánchez Tomás argumenta que el Ministerio de Interior se mantiene al margen de la definición de frontera que establece el Derecho Internacional al declarar que la frontera comienza en una línea fronteriza «materializada y visibilizada por la línea de agentes de vigilancia». El informe destaca que “no resulta jurídicamente defendible la tesis de que el Gobierno pueda modificar a su libre albedrío, ‘mediante una decisión libre y soberana’, los límites del territorio nacional”.

El tercer y último argumento rebatido en el informe consiste en las disposiciones del Acuerdo de Admisión Hispano-Marroquí. Sánchez declara que el acuerdo supone un paso posterior al acceso de los extranjeros al país. Y añade que  “cuando uno lee el acuerdo se da cuenta de que las devoluciones en caliente también se están vulnerando”, según el texto que afirma que España debe realizar una petición formal y, tras la devolución, Marruecos expide un certificado de admisión de las personas deportadas.

Mercedes Pérez Manzano, catedrática de Derecho Penal en la Universidad Autónoma de Madrid, comentó los posibles delitos penales que se pueden estar cometiendo al realizar la devolución en caliente y otros procesos administrativos relacionados con la expulsión del inmigrante. El Código Penal recoge delitos de coacción como la obligación mediante la violencia, sin estar legítimamente autorizado, a actuar de una forma que el sujeto no quiera, por lo que las agresiones para obligar a las personas que intentan saltar la valla supondrían un delito. Los sujetos que realicen estas agresiones, aclara Pérez Manzano, estarían actuando al margen de la legislación y, por tanto, podrían ser juzgados.  Y, añadió, las faltas en el procedimiento de administración como denegar el acceso a un abogado o a información pueden constituir motivos de delito.

Para finalizar la presentación del informe se visionó una previa del documental Entre fronteras, producido por tres jóvenes periodistas que recogen testimonios de inmigrantes en la frontera de Melilla. Julian Calvo,  Javier Polo y Celia Hernández animaron a los presentes a seguir apostando por la defensa de la situación jurídica de los inmigrantes.

 

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