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“Donde hay dinero público, tiene que haber transparencia”
El presidente del Consejo para la Transparencia de Chile, Jorge Jaraquemada, explica el modelo adoptado por su país que obliga a los organismos públicos a difundir toda la información que atañe a su labor
MADRID // El escritor Elías Canetti resumió la opacidad que suele rodear la acción de quienes deciden el destino de los pueblos con una frase certera: «El secreto ocupa la misma médula del poder». Una máxima a la que, en países como Chile, hay ya que poner matices, casi seis años después de que se pusiera en práctica una Ley de Transparencia que obliga a los organismos públicos a hacer públicos desde las remuneraciones de los funcionarios, a los contratos y licitaciones, además de a entregar documentos a los ciudadanos sin preguntar quién la pide y para qué fin. Jorge Jaraquemada es el presidente del Consejo para la Transparencia de Chile, el organismo garante de que se cumpla esta norma y de amparar a los ciudadanos que se acogen a ella. Jaraquemada ha estado en Madrid para participar en el III Foro de Transparencia y Buen Gobierno Chile-España.
¿Cuál es el resultado de estos más de cinco años de aplicación de la ley?
Estamos en pleno proceso de cambio. La transparencia y el derecho de información sobre las políticas públicas implican un cambio cultural, un cambio de eje en el comportamiento de las personas. Aunque hemos enfrentado contratiempos, para el poco tiempo que llevamos, hay síntomas que invitan a ser optimista. Hemos instalado el tema en el debate público y logrado transmitir a los funcionarios públicos que ésta es un política pública valiosa y rentable para ellos, pues les ofrece credibilidad y legitimidad. Los Estados de América Latina padecen una crisis de confianza institucional y ésta puede ser una herramienta para recuperarla.
¿Cuáles han sido esas resistencias que han enfrentado?
La principal barrera es el desconocimiento de la ley. Más que una resistencia, vemos que muchos funcionarios no saben cuáles son los procedimientos, los plazos y no tienen claro que se trata de un derecho garantizado por una norma, reclamable ante un órgano garante que es el Consejo de Transparencia. Más o menos el 50% de los funcionarios no conoce la Ley de Transparencia en detalle y cuando son interpelados, suelen poner barreras. Por ejemplo, cuando preguntan al ciudadano quién es y para qué quiere la información. Según el principio de no discriminación, es irrelevante quién solicita la información y para qué la quiere. Esta es una barrera. Y a menor grado de educación del demandante, esto puede traducirse en un desincentivo de perseverar en la solicitud.
La Relatoría de Derechos Humanos de la ONU ha señalado que han sido las clases altas y medias quienes más se benefician de la ley, y no tanto las clases más humildes.
Esta afirmación surge a partir de nuestros propios estudios y se traduce en un riesgo de elitización del derecho a la información. El perfil de quien solicita la información pública es el de una mujer de entre 36 y 45 años, de estudios medios y con un nivel de renta promedio de 500 dólares mensuales, mientras que quienes reclaman ante nuestro Consejo si no obtienen respuesta, o bien ésta es insatisfactoria, son en promedio hombres mayores de 45 años, con educación superior, trabajadores independientes y con unos ingresos medios de 2.000 dólares mensuales. Estos datos demuestran que hay interés por obtener la información por parte de los sectores menos ilustrados pero que luego estos demandantes desisten ante las barreras y no saben a quién reclamar. Para solucionar este problema, el Consejo está efectuando una campaña masiva ante las personas-y digo personas y no ciudadanos puesto que hemos tenido reclamaciones de niños menores de 18 años- para difundir lo que hacemos. El pasado mes de octubre inauguramos una campaña publicitaria en televisión abierta, prensa escrita y radio que nos ha permitido pasar de un 12% de ciudadanos que conocían que el Consejo era el órgano garante de la Ley de Transparencia, a un 21%.
La transparencia se topa a menudo con excepciones consideradas demasiado genéricas como la que invoca la seguridad nacional, ¿cómo se trata este tipo de excepciones en Chile?
Nuestra ley zanja el tema de una manera favorable al ciudadano. Se define como pública toda la que está en poder el Estado. Si las autoridades aplican la causal de reserva, no sólo tienen que invocarla, sino también que explicar por qué se acogen a ella. Sólo hay cinco causales de reserva, entre ellas la seguridad nacional. Es obvio que si alguien pregunta, por ejemplo, dónde tiene el ejército chileno sus tanques, podría ponernos en problemas decirlo. De cualquier manera, incluso si el amparo [la reclamación] presentada no ha sido acogido por el Consejo, al ciudadano le queda la vía judicial, pues puede recurrir ante la Corte de Apelaciones.
¿Han recibido reclamaciones después de que el Estado no diera información solicitada por las víctimas de la dictadura en Chile?
Por supuesto, estos ciudadanos pueden recurrir al Consejo si solicitan información y se les niega, pero hasta ahora habrá habido sólo unos diez casos. Recuerdo uno en el que se solicitaron antecedentes de las Cortes Marciales que se habían realizado sumariamente entre el 11 de septiembre de 1973 y diciembre de ese año, en las que muchas veces se ordenaron fusilamientos. A pesar de que el ejército señaló que no tenía información suficiente, como esa no era una causal de reserva, el Consejo ordenó a las Fuerzas Armadas que buscaran y entregaran la información.
¿Y lo hicieron?
Sí. Y no se invocó la causal de seguridad nacional.
El Estado chileno mantiene un contencioso con el pueblo mapuche. ¿Ha habido reclamaciones por parte de esta comunidad?
Ha habido algunos casos de reclamaciones relativas a proyectos de inversión en lugares donde el pueblo mapuche tiene reivindicaciones territoriales, y en esos casos hemos acogido el amparo.
¿Qué tipo de información están obligados a difundir los organismos públicos?
Nuestra ley recoge mecanismos de transparencia activa por la que, de entrada, las instituciones deben, sin que se les deba solicitar, hacer pública en sus web toda la documentación que atañe a su labor. Por ejemplo, todas las remuneraciones y todos los actos que afectan a terceros, todos los contratos y licitaciones, etc.; además, el Consejo ha creado un portal de transparencia, una especie de ventanilla única de transparencia, donde reunimos toda esa información.
Ustedes insisten en su independencia con respecto del poder político…
La independencia con respecto al gobierno es clave; es lo único que te permite escrutar a los poderes públicos que toman decisiones de relevancia social que merecen el control del ciudadano. Estamos llamados a solucionar controversias entre el Estado y los ciudadanos cuyas diferencias de asimetría son enormes. Si no tenemos autonomía no podemos decidir con plena independencia. De hecho, la transparencia es un derecho concebido para emparejar, para poner al mismo nivel, al ciudadano y al Estado.
Pero su cargo lo nombra el presidente del país, con lo que cabe esperar que elija a alguien afín a su partido.
Los cuatro consejeros se nombran a propuesta del presidente después de recibir el apoyo de dos tercios del Senado en un solo acto. Lo que se persigue es la pluralidad de la representación pero los consejeros no tienen neutralidad apolítica, sino que responden a diferentes sensibilidades. Una vez nombrados, no somos removibles [no se les puede destituir hasta que acaban su mandato]. El presidente del Consejo de Transparencia español, por ejemplo, si es removible por discrecionalidad del gobierno. En nuestro organismo, de los cuatro consejeros, dos responden a una sensibilidad y otros dos, a otra, y además la presidencia es rotativa. Por otra parte, la única facultad privativa del presidente es un voto dirimente si hay empate. Además, el director general se elige según el sistema de Alta Dirección Pública de Chile.
Sí, pero su antecesor no fue renovado en el cargo después de protagonizar una polémica en la que se pidió a la fundación de la primera dama chilena que entregara una documentación.
Es una forma de interpretarlo, pero piense que mi antecesor pertenecía al mismo partido político que el presidente [Sebastián] Piñera, lo que demostró su independencia. Los consejeros no deben tampoco tener la idea de que van a ser renovados, si no, ello les llevaría a tener una actitud de genuflexión hacia el poder. Por ejemplo, en dos meses va a ocupar la presidencia de la República una tendencia política distinta a la actual y obviamente sería un reconocimiento a la independencia con la que hemos ejercido nuestros cargos que la nueva presidenta decidiera proponernos para un nuevo período[una vez que expire mandato, antes no pueden ser destituidos], pero eso no nos preocupa, pues uno debe ejercer este cargo con criterio plena autonomía aunque incomode al poder político. De todas formas, esa polémica con las fundaciones de la Primera Dama sucedió también bajo mi mandato.
¿Y qué sucedió? ¿Las fundaciones entregaron la documentación?
Esas fundaciones entendían que la ley de Transparencia no les era aplicable puesto que se trataba de corporaciones de Derecho Privado. Sin embargo, hicimos análisis sobre su funcionamiento y determinamos que las fundaciones ejercían una función pública y manejaban recursos públicos, por lo que consideramos que la ley sí era de aplicación y que debían entregar la documentación. Ellos recurrieron a la Corte de Apelaciones pero se desistieron y, al final, el presidente de la República dictó un instructivo para que se les aplicara la Ley de Transparencia a este tipo de fundación, por lo que la polémica se zanjó.
¿Qué opinión le merece, como especialista, la Ley de Transparencia recientemente aprobada en España?
Tendría que garantizar la plena autonomía del presidente y del Consejo de Transparencia. El hecho de que se pueda destituir a discreción del gobierno al presidente puede restarle independencia de juicio.
Se ha criticado también que, sólo gracias a la presión popular, se haya incluido de manera parcial a instituciones como la Casa Real o la Iglesia. ¿Qué le parece este aspecto?
El criterio general debe ser que donde hay dinero público tiene que haber transparencia. Si estas instituciones se benefician de dinero público, deben rendir cuentas. Es necesario que exista una trazabilidad del dinero público.