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La Justicia andaluza decide este martes sobre la legalidad de El Algarrobico

El TSJA evaluará este martes si la concesión de la licencia de obras para edificar el macro hotel fue legal // Está previsto que dicte sentencia alrededor de finales de enero

MADRID // El hotel de la playa de El Algarrobico (Carboneras, Málaga) lleva una década protagonizando una polémica tras otra, en lo que se ha convertido en una de las mayores controversias en la construcción urbanística en el litoral español. Fue en 2003 cuando el Ayuntamiento de Carboneras le concedió a la empresa Azata del Sol la licencia de obras para edificar este hotel de enormes dimensiones (21 plantas y 411 habitaciones) a tan solo 20 metros de la costa.

Esta concesión será evaluada este martes por el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, quien determinará en un juicio si fue o no legal. Está previsto que dicte sentencia a finales de enero. Según ha explicado a La Marea el abogado de Ecologistas en Acción encargado de llevar este caso, José Ignacio Domínguez, esta decisión se deberá basar fundamentalmente en dos aspectos.

El primero pasa por establecer si el terreno sobre el que se construyó el hotel  forma parte o no del Parque Natural del Cabo de Gata-Níjar, algo que, tras un sinfín de autos y sentencias judiciales anteriores a este juicio, parece haber quedado confirmado. En 1988, el Ayuntamiento de Carboneras aprobó un plan urbanístico por el que declaró urbanizables los terrenos en los que se construyó El Algarrobico. Siete años más tarde, en 1994, entró en vigor el Plan de Ordenación de los Recursos Naturales (PORN), una norma de rango jurídico superior al plan urbanístico municipal, en el que se definía este mismo terreno como zona no urbanizable.

Sin embargo, en 2008, la Junta de Andalucía elaboró un nuevo PORN en el que se le otorgaba a este área un grado de protección mínimo, de manera que volvía a ser legal construir en ella. Esta decisión fue suspendida cautelarmente por un auto del TSJA en noviembre de ese mismo año y por otros dos autos emanados del mismo tribunal en 2009. Un año más tarde, el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía emitió un nuevo auto en el que se restableció el grado de protección que tenía el Parque Natural del Cabo de Gata-Níjar en el PORN de 1994. Es decir, dejó de ser urbanizable de nuevo. El Tribunal Supremo confirmó este auto en 2011 y, finalmente, el 11 de junio de 2012, el TSJA emitió una sentencia firme mediante la que se anuló el Plan de 2008 elaborado por la Junta de Andalucía y se confirmó este territorio como espacio protegido no urbanizable.

El otro de los aspectos que deberá debatirse para determinar la legalidad de la licencia otorgada a Azata del Sol, situado a 20 metros de la costa, pasa precisamente por el lugar en el que está construido. Según ha relatado el abogado de Ecologistas en Acción, la Ley de Costas de 1988 (anterior a la concesión de la licencia, de 2003) establece que está prohibido edificar a menos de 100 metros del litoral por ser una zona catalogada como de servidumbre de protección del dominio público-terrestre. En el área en la que se sitúa El Algarrobico, se mantuvo intacto este límite con la modificación de la Ley de Costas de mediados del pasado año.

Precisamente, son estos dos factores los que generan en José Ignacio Domínguez una relativa confianza en que el TSJA se inclinará por ilegalizar la concesión de la licencia. En caso de que, finalmente, esto sea así, Azata y su filial, Azata del Sol, deberán abonar alrededor de 7 millones de euros en concepto de demolición del edificio y gestión de residuos.

Ya en 2009, un portavoz de la constructora declaró que sería “técnica y físicamente imposible” hacerlo, dado que se han incrustado 65.000 metros cúbicos de hormigón en la ladera del monte que difícilmente podrán eliminarse. Un argumento que Domínguez ha calificado de “absurdo”, puesto que “si no pueden quitar el hormigón, que habría que verlo, lo que seguro que pueden hacer es taparlo para que la zona en la que se construyó el hotel vuelva a tener la apariencia que tenía antes de su edificación”.

Varios frentes abiertos

Aunque este es uno de los juicios más importantes a los que se enfrentan tanto Azata como Azata del Sol, establecer la legalidad de la licencia no es el único conflicto al que deben enfrentarse para determinar si tendrán que derruir su hotel. El pasado miércoles 8 de enero se hizo pública la intención de la constructora de recurrir, ante el Tribunal Supremo, dos sentencias emitidas por el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía. El motivo del conflicto reside en el derecho de retracto que había solicitado ejercer la Junta de Andalucía sobre el terreno que en su día vendió para que pudiera construirse El Algarrobico.

Este derecho de retracto consiste en que la ley otorga al vendedor de un determinado bien la posibilidad de recuperar la cosa vendida previo pago de la misma cantidad que los compradores le dieron en su momento. En el caso del terreno en el que se ha construido El Algarrobico, esta cifra asciende a casi dos millones y medio de euros. El argumento central en el que se basan ambas sentencias pasa por que la construcción del hotel no está amparada por la ley.

La tercera de las grandes batallas legales que versan sobre la presunta prevaricación en la que incurrió el Ayuntamiento de Carboneras al negarse a calificar como no urbanizable la zona en la que se asienta el hotel. José Ignacio Domíngez, abogado de Ecologistas en Acción, explica que esta modificación debió introducirla “mucho antes”, pero especialmente cuando aprobó el Plan General de Ordenación Urbana de 2009. En este año, ya existía el Plan de Ordenación del Territorio de Levante Almería (POTLA), donde aparece esta zona como espacio protegido, además de las diferentes sentencias que se han ido sucediendo y que han ratificado la consideración de este terreno como espacio protegido.

Domínguez relata que “el Ayuntamiento de Carboneras, durante un pleno que tuvo lugar en 2009, reconoció que había recibido el auto del TSJA en el que se ordenaba que El Algarrobico debía de recuperar el grado de protección que tenía en 1994”. Por si este auto suscitara dudas, “hay otro auto posterior que aclara que cuando se habla de este restablecimiento se refieren a que es un espacio protegido no urbanizable subzona C1 de Áreas Naturales de Interés General”. A pesar de ello, el Ayuntamiento, en lugar de interpretar el auto correctamente, “lo hace al revés y es en esto en lo que se basó el fiscal para acusarlos de prevaricar”.

Alcaldes implicados

En efecto, tras una denuncia interpuesta en 2009 por Ecologistas en Acción, la Fiscalía Provincial de Almería comenzó a investigar para tratar de esclarecer si habían existido delitos de prevaricación y delitos contra la ordenación del territorio por parte de las administraciones locales respecto a El Algarrobico. Un año después, el TSJA apercibió al exalcalde socialista de Carboneras, Cristóbal Fernández, y le prohibió realizar actuaciones urbanísticas en esta zona.

En agosto del año pasado, Fernández acudió a los juzgados de Vera para prestar declaración como imputado, donde justificó su decisión con el argumento de que los informes sectoriales avalaban esta decisión y que contaba con la aprobación de la Junta de Andalucía. Además, según afirmó, en el momento en el que entró en vigor su Plan de Ordenación Urbanística, no existía ninguna sentencia en firme que lo conminara a hacer lo contrario.

Ecologistas en Acción también denunció ante la Fiscalía de Medio Ambiente de Almería al actual alcalde de Carboneras, Salvador Hernández, del PP. Este hecho motivó una investigación por parte de la Fiscalía y una posterior denuncia, en julio de 2012, en la que se acusaba a Hernández de prevaricación y desobediencia.

Prevaricación, por mantener la calificación del terreno en el que está construido El Algarrobico como “edificable” cuando tanto el TSJA como el Tribunal Supremo ya habían dictado sentencias en sentido contrario. Y desobediencia porque, tal y como aclara José Ignacio Domínguez, “en lugar de respetar los 100 metros de servidumbre que establece la Ley de Costas, el Ayuntamiento persiste en fijar este límite en 20 metros”.

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Comentarios
  1. Pleclaras mentes las de los integrantes de la *justicia española* que todavía no han entendido que la construcción de ese mamotreto en zona de costa protegida por la misma Ley,es absolutamente ilegal y que para empezar, nadie debió permitir que se levantara.
    Los mismos arquitectos autores del proyecto son responsables de haber transgrededido las leyes. Entonces ¿qué es lo que hay que someter a debate para resolver un problema que simplemente con derribar la obra, dejar el paisaje como estaba y meter en la cárcel a los responsables del delito, está resuelto?

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