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Mujeres inmigrantes sin papeles no denuncian las violaciones por miedo a ser expulsadas

La legislación española solo prevé dos figuras para evitar la expulsión: ser víctima de violencia de género o de una red de trata de personas.

MADRID// Mujer extranjera en situación administrativa irregular. Trabaja como empleada doméstica, y no tiene contrato. Desde la entrada en vigor del Real Decreto Ley 16/2012 no tiene derecho a una atención sanitaria gratuita. Su empleador abusa sexualmente de ella, la viola. ¿Qué puede hacer?

Al no tener un vínculo legal con sus empleadores, si lo denuncia puede perder su empleo que, aunque precario, es la única vía que tiene para pagar sus facturas. Al no tener papeles que certifiquen que está en España legalmente, si lo denuncia a la policía corre el riesgo de que la expulsen del país. Al no tener tarjeta sanitaria, excepto la primera vez, que acude a urgencias, no tiene derecho a un seguimiento médico de las consecuencias que una violación puede tener (desgarros, contagio de enfermedades de transmisión sexual o VIH).

Esta es la realidad que la Fundación para la Convivencia Aspacia ha constatado tras un exhaustivo estudio, cuyas conclusiones se plasman en el informe Violadas y Expulsadas: mujeres víctimas de violencia sexual en situación administrativa irregular. Mediante este documento, pretenden denunciar esta situación, fomentar la protección efectiva de las víctimas e instar al Estado español a que priorice la lucha contra la violencia sexual en el marco de la violencia de género.

Desde Aspacia consideran que la normativa relativa a extranjería, la reforma en el acceso a la atención sanitaria y la legislación en materia de ayuda a las víctimas de violencia sexual, todas ellas en vigor, “suponen una discriminación directa para las mujeres en situación irregular. Las dos primeras normas sancionadoras en casos de irregularidad y la última de ellas impide a las mujeres migrantes en situación irregular a acceder a una indemnización cuando el agresor se declara insolvente“.

Según se constata en el informe, la legislación española de extranjería incluye dos excepciones a la regla general de sanciones ante la apertura de un expediente sancionador por estancia irregular. La reforma de la Ley de Extranjería realizada en 2009, y complementada en 2011, ha introducido dos figuras de protección de las mujeres migrantes: las que son víctimas de violencia de género por parte de su pareja o expareja y las mujeres víctima de trata de personas. En ningún caso tienen cabida las víctimas de violencia sexual.

Son, por tanto, la falta de protección jurídica y el miedo a ser expulsadas en el momento de la denuncia lo que suelen utilizar los agresores sexuales para garantizarse la impunidad, tal y como se ha podido comprobar a lo largo de la investigación. Esta situación, además del abuso de poder, genera en las víctimas temor por las sanciones a las que pueden enfrentarse, así como el miedo a que las expulsen del país, provoca que muchas de ellas renuncien a denunciar su situación y pedir protección.

Por todos estos motivos, desde Aspacia solicitan que el Gobierno español apruebe un Plan de Acción contra la Violencia Sexual para establecer una política pública integral. Mediante este plan pretenden fomentar la investigación, prevención, atención, protección y justicia para todas las víctimas de violencia sexual, independientemente de las situación administrativa en la que se encuentren.

Garantizar el acceso de todos los ciudadanos, especialmente de las víctimas de violación, a la sanidad pública, formar a los profesionales de la abogacía, policía, fiscalía para conformar un grupo de especialistas en esta materia o reformar la normativa de extranjería para garantizar la protección de las víctimas de violencia sexual con algunas de las recomendaciones que la fundación propone para garantizar los derechos fundamentales de las personas en especial situación de vulnerabilidad.

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Comentarios
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