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La princesa hipnotizada

"Sabedor el fiscal Pedro Horrach de que, tal vez, éste pudiera ser su último informe respecto a la infanta Cristina, se despacha a gusto tratando de legitimar su actuación en el procedimiento y, de paso, intentando salvar su propio prestigio", explica la abogada Isabel Elbal.

El fiscal Pedro Horrach, gran sabedor del dicho “quien da primero da dos veces”, se ha adelantado, en un gesto inusitado de la misma Fiscalía, a informar en contra de la imputación a la infanta Cristina de Borbón.

El informe es brillante, digamos, por dos cuestiones fundamentales: por la forma y por la buscada distracción en el fondo.

El fiscal, sin que el juez Castro le haya dado traslado de las diligencias obtenidas para que informe acerca de la imputación de la infanta, se ha anticipado y ha decidido emitir un informe de 29 folios.

Esta anticipación es muy importante: si el juez no le ha dado la oportunidad, aún, de que informe es porque todavía quedan por llegar dos dictámenes de la Agencia Tributaria.

Por lo tanto, este sorprendente avance del fiscal del Caso Nóos, adelantándose incluso a lo que esté por venir, respondería a dos motivos principalmente: debe quedar meridianamente clara la postura de la Fiscalía, mensaje que a la Casa Real le llega con prontitud y sin atisbos de duda alguna; en segundo lugar, el Juez debe saber, desde su presumible actuación imparcial, que si quien debiera acusar no tiene intención de hacerlo, a Su Señoría le está vedado el dictado de un auto de imputación.

Es cierto, sí, hay otras partes acusadoras, pero puede que éstas, aunque imputen a la infanta, no provocarán su imputación si entra en juego la llamada “doctrina Botín”, que, en su día, evitó sentar en el banquillo de los acusados a Emilio Botín.

Sabedor el fiscal Pedro Horrach de que, tal vez, éste pudiera ser su último informe respecto a la infanta Cristina, se despacha a gusto tratando de legitimar su actuación en el procedimiento y, de paso, intentando salvar su propio prestigio; prestigio, que, hasta que se vislumbró el riesgo de la Infanta, habría sido indiscutible.

En el informe, Pedro Horrach utiliza astutamente una técnica un tanto irregular. Se apoya constantemente en lo dicho por la Audiencia Provincial de Palma de Mallorca en el famoso auto de “desimputación” de la Infanta, dictado el 12 de Mayo de 2.012.

Realiza su argumentación, siempre a favor de la Infanta, combatiendo los errores que, a su juicio, contenían dicho auto dictado por la Audiencia Provincial hace más de un año.

Recordemos, ese auto perjudicó gravemente los intereses de la Infanta, puesto que, si bien la desimputaba, dejaba la puerta abierta a una profundísima investigación judicial contra ella, tras la que no se descartaba la comisión de un delito de blanqueo de capital, por las actividades realizadas desde la mercantil Aizoon.

Pues bien, en aquellos días, el fiscal no tuvo más oportunidad de respuesta y, desde luego, no pudo evitar que la investigación del Juzgado se desarrollara por unos peligrosos derroteros para Cristina de Borbón, siempre cumpliendo el mandato de la Audiencia Provincial.

Ahora, en este informe, combate uno a uno aquellos aspectos que, considerándolos erróneos, se incluían en el auto en contra de la hija pequeña del Rey.

Inteligentemente, a mi juicio, en el informe se desgranan los posibles delitos que pudieran pensarse ha cometido su defendida, perdón, la Infanta, y llega a la conclusión de que su conducta fue intachable, por no saber nada de lo que gestaba su cónyuge, Iñaki Urdangarin.

Confunde, el fiscal, la no participación de Cristina de Borbón en la trama gestada en torno al Instituto Nóos, con su no participación en el blanqueo de capital presuntamente cometido desde la mercantil Aizoon.

Me explico. Una cosa es no haber cometido los delitos imputados a su, todavía, marido, desde la trama Nóos y cosa muy diferente es que, con conocimiento de lo que éste hacía, realizara actos consistentes en aflorar al tráfico mercantil un dinero oculto, negro aún, de ilícita procedencia.

El delito de blanqueo de capital exige, en primer lugar, la existencia de un delito previo. En este caso, éste sería el delito contra la Hacienda Pública, tráfico de influencias, receptación, falsedad documental…

En segundo lugar, se exige que el hecho se cometa con conocimiento de dicho delito previo. Es en este punto donde el Fiscal tiene verdaderas dificultades para defender, perdón, para no imputar a la Infanta.

En este delito, blanqueo de capital, no es necesario que sólo se conozca la procedencia ilícita del dinero o de los bienes sino que, además, bastaría que por las circunstancias concretas, se esté en condiciones de conocerla.

La infanta Cristina, salvo caso de hipnosis profunda, debía conocer las actividades ilícitas de su marido, aunque no hubiera participado en ellas; no, en vano, ya en marzo de 2006, una vez que se airean públicamente las actividades “irregulares” de Urdangarín, decide salir de Nóos.

Asimismo, también, salvo caso de hipnosis aguda, debía conocer la preocupación de la Casa Real por estos turbios negocios, que llevó, incluso, a comisionar a dos asesores de Casa Real para disuadir a su marido de que siguiera “trabajando” con Diego Torres.

Pero, hay más: el fiscal Pedro Horrach omite, con un clamoroso y ominoso silencio, actividades de la Infanta que la situarían en el núcleo mismo de la acción delictiva.

Nos referimos al “autocontrato” de alquiler del palacete de Pedralbes con su propia empresa Aizoon, contrato ficticio, por cuanto sólo parecía servir para hacer aflorar al tráfico mercantil la cantidad mensual de 12.000 euros, en que consistía dicho arrendamiento. También, salvo caso de intensa hipnosis, en este negocio fraudulento, en el que arrendadores y arrendatarios coinciden, debió ser muy, pero que, muy consciente la infanta.

Este “autocontrato” se celebró en 2005, precisamente, un periodo de máxima actividad presuntamente delictiva de su marido y de su exsocio, Diego Torres.

Y qué decir de otros gastos personales, facturados directamente a Aizoon, en el que ella participaba al 50 % y, a sabiendas de que su marido no tenía más dedicación profesional que el propio generado de Nóos. También, en estos casos, debía encontrarse en un estado de hondísima inconsciencia hipnótica.

Tampoco se hace mención en el informe del traspaso de 150.000 euros a una cuenta autorizada por la Infanta en Diciembre de 2.006; también, debiera entrar en juego aquí la inconsciencia Real.

En fin, desde la hipnosis, puede que el fiscal del caso entienda la exculpación de la Infanta, tal vez porque él ya empiece a notar sus efectos…

Cualquier avezado observador entrevé que otro ciudadano, que no fuese la Infanta, en las mismas circunstancias, ya tendría sobre sí la espada de Damocles de un futuro juicio, donde tendría que enfrentarse a graves acusaciones.

Isabel Elbal, @isaelbal
Abogada

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Comentarios
  1. Oh: No creo que le falte técnica alguna. Creo más bien que te falta a ti para disimular que eres un monárquico de esos a los que les trae al pairo que la casa «real» esté infestada de delincuentes, seguramente porque piensas que tener un rey-comisionista con hija y yerno vividores del cuento es algo que forma parte del juego, y que tiene mucho glamour. Pues mira, chaval, el que se dedica a mangar, debe ir, con todo su glamour, al talego. Y si te pica te rascas.

  2. Te falta técnica para dar lecciones de derecho penal, , has leído algo pero la ignorancia es muy atrevida. Un placer

  3. Este fiscal:
    1º. está dañando y desprestigiando el Estado de Derecho.
    2º. está ensuciando su propio apellido.
    3º. está haciendo algo que no haría por otro ciudadano.
    POR LO TANTO, la recompensa debe ser pero que muyyyyyyyy buena.

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