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El Gobierno pretende que las mutuas puedan dar de alta a los trabajadores
El Ministerio trabaja en un borrador que atribuye a las mutuas la facultad de poner fin a las bajas por enfermedad // Sus médicos accederán a la totalidad del historial clínico del paciente, según el documento
MADRID // El Ministerio de Empleo y Seguridad Social lleva aproximadamente un año trabajando sobre un borrador para elaborar un Real Decreto con el que modificar la legislación al respecto de la gestión y control de los procesos por incapacidad temporal (bajas laborales) durante el primer año de su duración. Unas modificaciones que, según un informe publicado el pasado viernes por la Federación de Asociaciones de Inspectores de Servicios Sanitarios (FAISS), “ha suscitado una natural preocupación“ debido a la “merma de derechos y la falta de garantías para el trabajador».
A grandes rasgos, el punto más controvertido del nuevo borrador, emitido por el Ministerio de Fátima Báñez el pasado mes de octubre, pasa por la capacidad de facto que tendrán las mutuas para dar de alta a un trabajador en el caso de haber causado baja por una enfermedad fruto de su actividad laboral o un accidente en el lugar de trabajo. Una potestad basada en el llamado silencio administrativo. El otro aspecto que más polémicas suscita es el del acceso al Historial Clínico Electrónico (HCE) del paciente tanto por parte de los inspectores de Sanidad como de los médicos que trabajan para las mutuas.
Según un informe elaborado por la Federación de Asociaciones en Defensa de la Salud Pública (FADSP) en mayo de 2011, “el alto volumen de fraude en la IT [incapacidad temporal] es un lugar común en el discurso del INSS, el Ministerio de Trabajo y la patronal a pesar de que nunca se han presentando estudios objetivos que lo demuestren“. A pesar de ello, la FADSP lamenta que este argumento haya servido para “imponer reformas legislativas y reglamentarias de la IT que han supuesto un importante recorte económico y social de la prestación sin que éstas, a la vista de las sucesivas reformas, hayan logrado contener o modificar el supuesto fraude“.
Un engaño en las bajas laborales que, tal y como asevera el portavoz de la Asociación de Médicos y titulados Superiores de Madrid (AMYTS), Pablo Martínez, da a entender que tanto los pacientes como los profesionales sanitarios están «actuando de manera fraudulenta“. Éste es el motivo por el que desde esta asociación ya han advertido de que tomarán medidas legales si se pone en duda la credibilidad de los médicos. “Si escuchamos cualquier comentario del que se pueda desprender que estamos obrando de manera ilegal, tendremos que interponer una demanda. No lo vamos a tolerar“, advierten.
Para defender su postura, la FADSP argumenta en su informe que, si bien el porcentaje de fraude comprobado a partir de datos del INSS es del 14%, se ha aceptado como válido que este porcentaje, en realidad asciende al 20%. Es decir que, por esta causa, se ha generado un gasto público de 1.500 millones de euros. Sin embargo, denuncian, “sí existen algunas evidencias del alto volumen de fraude en la IT por contingencias profesionales gestionadas por las Mutuas de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales“.
Hasta 1995 era la Seguridad Social quien se encargaba de pagar el sueldo a todo aquel trabajador que, por el motivo que fuera, tuviera que solicitar una baja. A partir de este año, en virtud de lo contenido en el Real Decreto 1993/95, la ley permitió que las mutuas de accidentes se hicieran cargo de la cobertura de bajas por enfermedades comunes, una norma al que aproximadamente el 80% se acogió.
Supuesto fraude de las mutuas
Según explica el representante del Foro de la Sociedad Española de Médicos Generales y de Familia (SMEG), Francisco José Sáez, esto supone que la empresa se haga cargo del sueldo del trabajador incapacitado durante los primeros 15 días de la baja. A partir del día 16, son las mutuas quienes se encargan de abonarlo. “Es natural que su objetivo, dado que son asociaciones de empresas, sea el de ahorrarle dinero a la compañía para la que trabajan en un primer momento, y a sí mismas en segundo lugar“.
Para evitar tener que afrontar este gasto, según el informe elaborado por la FADSP, las mutuas niegan que la enfermedad del trabajador se derive de sus actividades laborales, o incluso niegan que exista una lesión, y no lo dan de baja. Acto seguido, el trabajador acude a la Seguridad Social, aquejado de una dolencia que no remite, y es el médico de cabecera quien le tramita la baja, de manera que consta que la causa de su baja no la ha provocado una actividad dentro del entorno laboral y, por tanto, es la Seguridad Social quien se hace cargo.
La FADSP asegura que “los médicos del SPS estiman que entre un 5 y un 10% de las bajas por contingencias comunes son de origen laboral y se ha estimado que hasta el 16% de las bajas por enfermedad y/o accidente “no laboral” en atención primaria tienen un probable origen laboral, aunque no se declaren en este sentido“. También muestran las conclusiones a las que llegó el Observatorio de Políticas Públicas de la Universidad Pompeu i Fabra hace cuatro años, cuando calcularon que esta práctica por parte de las mutuas “consume el 14% del presupuesto del servicio sanitario público. Lo que en cifras de 2009 supone unos 5.700 millones de euros“.
De hecho, según ha explicado a este periódico la delegada en Canarias del sindicato de enfermería SATSE, Ramona Mendoza, ya se han denunciado alrededor de diez casos de mala praxis por parte de la Mutua de Accidentes de Canaria (MAC), que es quien opera en las islas. El último registrado fue el de una enfermera del Hospital Universitario Nuestra Señora de la Candelaria, quien sufría una tendinitis grave como resultado de su actividad laboral.
Cuando acudió a la mutua canaria procedieron a darle el alta sin, según denuncia la enfermera, “haber sido examinada siquiera por un especialista“. Al continuar con el dolor, decidió acudir a un centro de salud público donde le diagnosticaron su dolencia y le recomendaron reposo absoluto y rehabilitación. El SATSE le recomendó que se interpusiera una queja por escrito a la mutua, que llegó al Instituto Nacional de la Seguridad Social en Canarias, desde donde obligaron a la mutua a reconocer que se trataba de una baja laboral y, por tanto, hacerse cargo de ella.
A esto hay que sumar que las mutuas de accidentes de trabajo son asociaciones de empresas sin ánimo de lucro cuyo objetivo es gestionar las contingencias de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales de los trabajadores de las empresas asociadas. Es decir, que si se ahorran dinero en las coberturas comunes, no deberían usarlo como beneficios con los que ampliar el negocio. Sin embargo, según afirma Sáez, “tenemos nuestras dudas. Fremap tiene un hospital en Madrid al que acuden los trabajadores, pero también van a tratarse los pacientes de Mapfre, rama de la compañía que sí tiene ánimo de lucro. ¿Las mejoras en este hospital donde hacen negocio estarán pagadas con lo que se ahorran con las coberturas comunes?», se pregunta.
Silencio administrativo
En todos los borradores que se han elaborado durante los últimos nueve meses, se le ha concedido a las mutuas la potestad de dar de alta a los trabajadores. Francisco José Sáez relata que se ha cambiado el significado negativo que tenía el silencio administrativo por uno positivo. “Antes las mutuas podían proponer el alta de un trabajador. Si no obtenía respuesta por parte de los médicos o de los inspectores, se entendía denegada». Ahora, sin embargo, los profesionales sanitarios de los centros de salud tienen cinco días para responder o, de lo contrario, se procede a dar de alta al trabajador.
Esta medida, según el secretario general de Acción Sindical de Satse, Rafael Reig, es absolutamente equivocada. “No digo que las mutuas tengan que desaparecer, pero sí que no pueden atribuirse competencias como la de asumir la tutela de un trabajador. No hay que olvidar que trabajan por los intereses de las empresas, no por la salud del paciente, por lo que su objetivo pasará antes por el ahorro económico que por el bienestar del paciente».
Con esta postura coinciden todos los sindicatos en defensa de los médicos generales y de atención primaria, así como las asociaciones en defensa de la Sanidad Pública. Y también la Sociedad Española de Medicina de Familia y Comunitaria (SEMFYC) una sociedad científica cuyo portavoz, el doctor Pablo Cubero, considera que esta medida contribuye a desproteger al paciente. “Está bien que las mutuas propongan, como hasta ahora, que se dé de alta a un trabajador, pero no debería procesarse hasta que no le diera el visto bueno un inspector o un médico, cuyos criterios están completamente desligados de cualquier otro interés que no sea su salud“.
La Marea se ha puesto en contacto con algunas de las empresas que forman parte de las mutuas, tales como Asepeyo, Fremap o Corporación Mutua, así como también con la Asociación de Mutuas de Accidentes de Trabajo (AMAT), la patronal del sector. Ninguna de ellas ha respondido a nuestra demanda hasta el momento de la publicación de esta noticia.
Acceso al Historial Clínico
Mediante un comunicado publicado el pasado viernes, la Federación de Asociaciones de Inspectores de Servicios Sanitarios considera que es “ilegal y desproporcionado» que los médicos evaluadores del INSS, una administración “no sanitaria», puedan acceder a la totalidad de la historia clínica de “todos los trabajadores del Sistema de la Seguridad Social”, hayan estado de baja o no en alguna ocasión. Una afirmación contundente con la que, en parte, están de acuerdo los sindicatos y sociedades consultados por este periódico, aunque con matices.
Es cierto que todos coinciden en señalar que, al ser trabajadores de una empresa privada, los médicos de las mutuas no deberían tener ningún tipo de acceso a los historiales clínicos de los pacientes ( datos que están protegidos por ley). Sin embargo, las dos organizaciones de médicos de familia citadas (SEMFYC y SMEG), consideran que los inspectores sí deberían tener acceso ya que pertenecen al sistema de salud regional, es decir, público.
Francisco José Sáez, incluso, matiza esta afirmación. “Al SMEG no le supone ningún problema que los inspectores puedan acceder a los datos que tienen que ver con la baja laboral. Lo que hay que saber es hasta dónde se les puede dar acceso“. Cada vez que un médico del sistema de salud público accede al historial de un paciente queda registrado, de manera que todos pueden ver qué, quién y cuándo se realizó la consulta. “Si se habilita un sistema por el cual el acceso de los inspectores también deje huella, no tiene por qué haber problemas. Si se sabe que se han excedido, que han consultado datos que no se corresponden con la baja, se les podría pedir responsabilidades“.
De momento el proyecto de modificación de reforma aún está en la fase previa y todos los actores que consideren que tienen algo que decir, se han reunido o se van a reunir con el INSS para presentar sus propuestas y quejas. Y parece que funciona. Sáez cuenta que, en el primer borrador, ni siquiera aparecía la figura del inspector de sanidad y que las mutuas podían cursar directamente el alta de un trabajador, que solo tenía tres días para reclamar. “Ahora, al menos, hay aspectos que se han modificado, pero seguimos sin estar de acuerdo con muchos de los puntos“. Para finales de noviembre está previsto que las partes implicadas vuelvan a reunirse con los representantes del INSS para seguir negociando en la redacción del texto definitivo, tanto sobre aspectos que necesitan mejorarse como sobre aquellos que deberían, a juicio de los diferentes sindicatos, ser eliminados de manera definitiva.
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Probablemente en algunas CCAA la inspección médica del Sº Público de Salud redirecciona las peticiones de alta de mutua, pero en Navarra, -lo que yo conozco-, todas las peticiones de mutuas son recibidas y valoradas por la inspeccion médica, y argumentadas cuando no son aceptadas. Los médicos de cabecera son consultados por la inspección, pero se les libera de esa comunicación. Y así debiera seguir siendo, con la inspección médica como árbitro único con criterios clínicos, no económicos, como hasta ahora.
Será el cambio formal en ley.
En la actualidad y después de las reformas realizadas por los diversos gobiernos PPSOE, las altas las dictan (indirectamente) las mutuas.
Estas mandan el informe a la inspección de la SS “sugiriendo” el alta según su criterio. La inspección de la SS, directamente remite al médico de cabecera una “orden” para que se le de alta al trabajador, si el médico de cabecera no lo considera oportuno, tiene que adjuntar un informe dando “pelos y señales” de su criterio. Y además en estos casos en que se niegan los médicos a dar de alta, la inspección cita al trabajador (¡ojo! en 24-48 horas) para someterle a un interrogatorio.
La realidad es esta, la Seguridad Social, ya trabaja (indirectamente)para lo que dictan las mutuas.