Sociedad

CCOO llevará la ‘ley Wert’ a Bruselas por atentar contra la igualdad

En concreto, se basan en tres puntos: la enseñanza diferenciada por sexo, la discriminación de la enseñanza de valores cívicos frente a la religión, y la incorporación de "expertos" con dominio en lenguas extranjeras.

MADRID // La Federación de Enseñanza del sindicato CCOO ha preparado una denuncia contra la reforma educativa impulsada por José Ignacio Wert,ya que entienden que ésta «vulnera el derecho comunitario» porque atenta contra la igualdad de los estudiantes.

En concreto, la denuncia se centrará en tres puntos de la citada ley: la enseñanza diferenciada por sexo, la discriminación de la enseñanza de valores cívicos frente a la religión, y la incorporación de expertos con dominio en lenguas extranjeras.

El artículo 84.3 de la Lomce establece que «no constituye discriminación la admisión de alumnos o la organización de la enseñanza diferenciadas por sexos», un precepto que, según explica CCOO en su exposición de motivos, «vulnera los artículos 14 de la Constitución Española y el 14 del Tratado de la Unión Europea».

«Después de más de 50 años de progreso y en una sociedad democrática, plural y no sexista, el Ministro de Educación no puede aludir a una norma preconstitucional y realizada en un estado dictatorial», lamenta el sindicato.

En cuanto a la religión, el artículo 14 de la Lomce introduce la asignatura como computable y sitúa otra sobre valores cívicos como alternativa a ésta. Este precepto «discrimina a los alumnos que no hayan cursado Religión, toda vez que esta se da en Educación Primaria y Secundaria Obligatoria y Bachiller. Sin embargo su alternativa no se imparte en todos estos niveles, sino que son doctrinas diferentes».

Por último la Lomce, en su Disposición adicional trigésima séptima. Expertos con dominio de lenguas extanjeras, establece que las administraciones podrán incorporar «expertos con dominio de lenguas extranjeras, nacionales o extranjeros, como profesores en programas bilingües o plurilingües». Además, las administraciones «determinara?n los requisitos formativos y en su caso experiencia que se consideren necesarios; en cualquier caso».

Para CCOO, este último punto discrimina a los profesores españoles: «El profesorado de otros países puede ser contratado por la administración educativa, en condiciones totalmente diferentes al profesorado español, y ello por cuanto un docente, ya sea de carrera o interino, debe acceder a la función docente a través de los procesos selectivos pertinentes, esto es, concurso-oposición, y bajo los principios de mérito, capacidad y publicidad. Sin embargo, este profesorado no español, denominado por la Ley de otros países, accede sin proceso selectivo y sin respetar los principios de mérito, capacidad y publicidad».

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