Política

El Parlamento asturiano propondrá al Congreso una reforma constitucional a instancia del 15-M

La propuesta ha sido apoyada por Izquierda Unida, Partido Socialista y UPyD; y contó con los votos en contra de Foro y PP

El parlamento asturiano ha aprobado, a iniciativa de Izquierda Unida una propuesta para reformar la Constitución y que favorezca la participación ciudadana. El acuerdo, que contó también con el apoyo de PSOE y UPyD surge como una iniciativa de la Plataforma 15-M.

La propuesta solicita que no exista limitación en cuanto al contenido qal que se refiere las iniciativas legislativas popular que se pueden presentar en Congreso de los Diputados, que las convocatorias de los referéndums tengan carácter vinculante y no tengan limitación en cuanto a su materia y que los ciudadanos puedan pedir un cambio en la Constitución. Ahora deberán ser tres representantes de los grupos asturianos quienes defiendan la toma en consideración de esta iniciativa en el pleno del Congreso.

La iniciativa contó con los votos en contra de Foro Asturias, porque, a su juicio la reforma del artículo 92 de la Constitución transforma la representación representativa en una representación asamblearia y del PP para quien se trataba de “abrir el melón Constitucional”, lo que consideran algo “temerario”.
Las modificaciones que plantea esta iniciativa admitida a consideración plantea nuevas redacciones en tres artículos constitucionales.

El primero, el 87.3 de la Constitución, quedaría redactado de esta manea: “Una Ley orgánica regulará las formas de ejercicio y requisitos de la iniciativa popular para la presentación de proposiciones de Ley. En todo caso se exigirán no menos de 500.000 firmas acreditadas”.

En el artículo 92 se amplían las causas del referéndum a las “leyes aprobadas por las Cortes Generales” y “la derogación de leyes en vigor”, entre otras novedades.

Finalmente el artículo 166 se modifica para dejar claro que “la iniciativa de reforma constitucional se ejercerá en los términos previstos en el artículo 87”.

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Comentarios
  1. ¿No se han dado cuenta que esto es chocarse contra un muro?.
    Por otra parte las ILP sí tienesn que tener límite, los derechos humanos; no se pueden permitir ILP que atenten contra la declaración universal de los Derechos Humanos 1948.

  2. Para mí esta propuesta tiene un fallo: no se puede proponer a las Cortes que voten una ILP a cuyo contenido se han negado por activa o por pasiva, porque la tumbarán. En Suiza las ILP se votan en referéndum, y eso ya me parece más lógico.

  3. No faltarán quejas, no faltarán cuestiones que el interés particular habrá de suscitar para ante ese Consejo, que si ha de ser tal como al principio indicaba el ponente de la Sección, compuesto de cinco parientes, tres de los más cercanos del testador [Pg. 397] y dos del otro cónyuge, o cual lo establece el proyecto del Código civil español, desde su artículo 192 al 201, puede asegurarse que será una calamidad para la familia; porque, aparte de la forma de su constitución, ha de resolver irrevocablemente en la mayoría de los casos sin más regla que su capricho.

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