Economía
El Supremo rechaza el indulto del consejero delegado del Santander
El Banco de España debe decidir ahora si Sáenz cumple con los criterios de "honorabilidad" y puede seguir ejerciendo su cargo
El Tribunal Supremo ha decidido no admitir el incidente de nulidad de actuaciones que el consejero delegado del Banco Santander Alfredo Sáenz presentó contra la sentencia en la que se anulaban los efectos administrativos del indulto concedido por el gobierno de José Luis Rodríguez Zapatero . El Alto Tribunal destacó que un caso «tan singular» como el enjuiciado carece de precedentes en la jurisprudencia de la Sala de lo Contencioso-Administrativa.
Así se confirma la sentencia dictada el pasado mes de febrero en el que se consideraba que el anterior gobierno socialista se extralimitó en sus competencias al cancelar las consecuencias administrativas de su condena y al establecer que no le podía afectar ningún «impedimento para ejercer la actividad bancaria».
Aunque la decisión del Supremo anula los efectos administrativos del indulto, que inhabilitaban a Sáenz para ejercer como banquero, no afecta al indulto sobre su parte penal, es decir, el arresto de tres meses al que fue condenado.
Hay que recordar que en marzo de 2011, el Tribunal Supremo condenó al consejero delegado del Banco Santander a tres meses de prisión y de inhabilitación para ejercer funciones en banca por un delito de acusación falsa contra unos deudores de Banesto, entidad que presidió tras ser intervenida en 1993.
¿Continuará en el Santander?
Alfredo Sáenz Abad es actualmente miembro del consejo ejecutivo del Banco Santander donde ostenta los cargos de vicepresidente 2º y de consejero delegado.
La decisión del Supremo se produce una semana después de que el Consejo de Ministros haya aprobado el decreto de honorabilidad para directivos bancarios, que refuerza los requisitos de experiencia y profesionalidad a la hora de valorar la permanencia en el cargo de aquellos que hayan resultado condenados en procedimiento judicial.
El banco de España tendrá la última palabra para decidir si un banquero, a pesar de haber sido condenado, puede seguir ejerciendo su cargo por los méritos de su currículum. Para ello se valorará la trayectoria profesional de los banqueros, incluyendo su formación; las condenas por delitos dolosos y la existencia de investigaciones relacionada con delitos económicos.