Opinión

Los papeles de Bárcenas en el laberinto de la Justicia

Los poderes políticos y gubernamentales maniobran para paralizar la investigación del caso Bárcenas derivada de la querrella interpuesta por IU, denuncia el abogado y dirigente de la formación de izquierda Enrique Santiago.

El pasado 28 de febrero, Izquierda Unida, Ecologistas en Acción, la Asociación Libre de Abogados, la asociación Justicia y Sociedad y la Federación Los Verdes presentamos una querella criminal contra el extesorero del Partido Popular Luis Bárcenas, otros dirigentes de ese partido y distintos empresarios responsables de grandes empresas constructoras, exigiendo la investigación de los denominados Papeles de Bárcenas, un registro contable donde parece se anotaban, por responsables del PP, los pagos efectuados por grandes empresas para conseguir fraudulentas adjudicaciones de grandes contratos de obras e infraestructuras.

A lo largo de la investigación debería concluirse si estas dádivas entregadas al PP fueron posteriormente repartidas, en forma de sobresueldos no declarados, a los altos cargos del Partido Popular y a innumerables ministros, garantizando la aprobación por sucesivos Consejos de Ministros presididos por José María Aznar, de insostenibles políticas de infraestructuras que configuraron un modelo de crecimiento ficticio e insostenible en toda España, para enriquecimiento de la minoría plutocrática y empobrecimiento de los grandes sectores populares.

La querella tiene claramente definido su objeto: la investigación de esos presuntos pagos efectuados por una serie de empresas constructoras a dirigentes, ministros o antiguos dirigentes del PP, a través de Bárcenas, objetivo tan claramente definido que el Decanato de la Audiencia Nacional desestimó conexión alguna de la querella con la causa Gürtel y la envió a reparto entre los distintos juzgados centrales de instrucción, siendo asignada al nº 3, cuyo titular es el juez Javier Gómez-Bermúdez.

Desde el año 2008, el Juzgado Central de Instrucción nº 5, cuyo titular es el juez Pablo Ruz, investiga otra trama de financiación irregular del Partido Popular, la denominada red Gürtel, cuyo objeto de investigación, tal y como consta en el auto de 21 de febrero del juez Ruz, está perfectamente diferenciado del correspondiente a la querella contra Luis Bárcenas:

“La causa Gürtel no es una causa en la que deban investigarse todos y cualesquiera de los delitos que se atribuyan a sus numerosos imputados (..) los únicos contratos públicos cuya irregularidad es investigada en esta causa son aquellos respecto de los que existen indicios de la participación de Francisco Correa Sánchez (…) Ni se investigan todas las adjudicaciones llevadas a cabo por los distintos cargos públicos imputados ni se investigan todas las adjudicaciones concedidas a los empresarios investigados”.

A pesar de este tajante criterio, que recoge literalmente el previamente expresado por la Fiscalía Anticorrupción, y que es reiteración del criterio previa y posteriormente expresado en otras resoluciones judiciales del mismo juzgado, tras el inicio por el juez Gómez-Bermúdez de la investigación derivada de la querella contra Bárcenas y otros, tanto la Fiscalía como el Juzgado 5 empezaron a cambiar de criterio hasta concluir en días que existían múltiples puntos de conexión entre ambas causas, por lo que la querella presentada por Izquierda Unida y otros debía ser investigada dentro de la causa Gürtel.

De los siete apuntes contables alegados por la Fiscalía y aceptados por el juez Ruz para fundamentar la supuesta conexidad entre ambas causas, únicamente uno de ellos se encuentra tanto en la contabilidad de la red Gürtel como en los papeles de Bárcenas, el referido a un ingreso de Pablo Crespo –ex responsable de organización del PP de Galicia- de 21 millones de pesetas en el año 1999, dinero destinado a financiación irregular de la campaña del PP en las elecciones gallegas.

En un océano de 700.000 folios –causa Gürtel– y tras cinco años de investigación, ese más que tenue elemento coincidente ha sido el único fundamento de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional para acordar la acumulación de la querella contra Bárcenas al proceso Gürtel, haciendo éste aún más inmanejable de lo que ya era.

La estrategia procesal de las defensas en la causa Gürtel se dirige a provocar la prescripción de los delitos investigados o la nulidad de las actuaciones, estrategia que dio óptimos resultados al Partido Popular en los años 90, cuando su anterior tesorero, el Sr. Naseiro, fue absuelto también de distintos delitos relacionados con la financiación irregular del PP tras anularse en sede judicial pruebas de cargo esenciales.

Hasta ahora, la actitud de la Fiscalía ha sido sorprendentemente dilatoria y desganada a la hora de investigar los papeles de Bárcenas. Entre la apertura de sus diligencias informativas -que no interrumpen la prescripción de los delitos investigados- y la interposición de la querella contra Luis Barcenas por Izquierda Unida y otros –que sí interrumpió la prescripción- los delitos derivados del pago de 300.000 euros registrados en los papeles de Bárcenas podrían haber prescrito. El escaso resultado de las citadas diligencias informativas nos hace preguntarnos por qué la Fiscalia no judicializó la causa desde el primer día, evitando al menos que continuaran prescribiendo tan graves delitos.

Tras decidir la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional la acumulación de la querella a la causa Gürtel, nos enfrentamos a la inédita situación de que el PP, que actúa como acusación en dicha causa, deba personarse ahora como defensa en la pieza separada que investigará los Papeles de Bárcenas. En un mismo proceso, la misma representación no puede ser parte defensora y acusación, a salvo de provocar la nulidad de actuaciones, riesgo que no ha sido considerado en la escueta resolución de la Audiencia Nacional que el pasado miércoles 27 arrebató la competencia al juzgado de Gómez-Bermúdez.

Por el contrario, el auto que decide la competencia se funda exclusivamente en el más débil de los posibles supuestos de conexidad de delitos que contempla la ley, el previsto en el artículo 17.5 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, conexidad que ha sido definida por la jurisprudencia como de conveniencia, queriendo diferenciarla así de la calificada como necesaria u obligatoria, que no pudo ser apreciada por la Sala, a pesar de los denodados esfuerzos al respecto de Fiscalía y del Juzgado Central de Instrucción número 5, por la sencilla razón de que no existe.

La acumulación ahora acordada provoca la instrucción de un solo macroproceso, Gürtel más Papeles de Bárcenas, que como ha venido indicando nuestro Tribunal Supremo (2002, Caso Banesto) en su ahora ignorada jurisprudencia, dificultará extraordinariamente la determinación de todas las responsabilidad criminales:

“En los casos de delincuencia económica compleja (…) la concentración de la investigación en un solo proceso, dificulta (…) la tarea de apurar todas las posibilidades probatorias y deja fuera (…) a personas que pudieran haber sido incriminadas en alguna de las actividades que han sido calificadas como delictivas. Por ello (…) en aquellos asuntos que afectan de manera grave a la economía nacional, se debe valorar (…) la posibilidad del tratamiento autónomo y separado (…)”.

El cierre radical de la única investigación efectiva iniciada respecto a los Papeles de Bárcenas, la impulsada en apenas un mes por el juez Gómez-Bermúdez, nos da argumentos a quienes percibimos que los distintos intereses políticos y gubernamentales están incidiendo con la finalidad de paralizar la investigación derivada de la querella interpuesta por Izquierda Unida y otras asociaciones, sumándola a un macroproceso que desde que se inicio hace cuatro años sólo ha provocado la condena del primer juez que lo investigó y precisamente por hacerlo, pero no la de ninguno de los supuestos delincuentes imputados en dicha causa.

La resolución adoptada por la Audiencia Nacional sobre el juez competente, que no es recurrible, está débilmente fundada fácticamente y en Derecho, y tampoco observa lo establecido en el artículo 3 del Código Civil, que mandata aplicar las leyes atendiendo en cada momento “a la realidad social del tiempo en el que han de ser aplicadas”. Esta norma obliga prioritariamente a adoptar una resolución que no permitiera que los hechos denunciados en la querella contra Bárcenas, dirigentes del PP y constructores acabaran en una situación de impunidad cuyo rechazo social y consecuencias no son difíciles de predecir en este momento. Veremos ahora a qué objetivo va a ser útil la acumulación acordada, si al de la persecución eficaz de los graves delitos cometidos o nuevamente a la impunidad.

 

El autor es abogado y secretario de Refundación y Movimientos Sociales de Izquierda Unida

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