Sociedad

La Audiencia de Barcelona ordena investigar los bombardeos italianos en la Guerra Civil

El tribunal exige que se identifiquen a los militares y civiles italianos que participaron en los ataques aéreos para imputarlos por crímenes de guerra y delitos de lesa humanidad.

BARCELONA// La Audiencia de Barcelona ha ordenado que se investiguen los bombardeos efectuados por la aviación italiana sobre la capital catalana durante la Guerra Civil. La decisión supone que, por primera vez tras los intentos fallidos del juez Baltasar Garzón, la justicia en España abre diligencias por los crímenes de la Guerra Civil. El tribunal revoca así la decisión del juzgado de instrucción número 28 por la que archivó la querella presentada por la asociación de italianos antifascistas afincados en Barcelona, Altra Italia, y dos familiares de las víctimas del bombardeo.

La querella detalla bombardeos aéreos efectuados, por ejemplo, sobre la barcelonesa plaza de Sant Felip Neri el 30 de enero de 1938, que causaron 153 muertos, o los ataques que se sucedieron entre el 16 y 18 de marzo del mismo año, “con un número de muertos superior a los 670”.

El tribunal ordena que se averigüe la filiación completa de los militares y civiles italianos que participaron en los hechos, así como determinar su actual paradero para tomarles declaración como imputados, por lo que se solicitará la colaboración del Ministerio de Justicia Italiano. También se deberán designar dos peritos expertos en la Guerra Civil española y en la legión italiana para que concreten fechas, zonas bombardeadas, densidad de población y número de muertos.

La Audiencia de Barcelona recuerda que los bombardeos del ejército italiano sobre zonas densamente pobladas de la ciudad «se caracterizan porque era un objetivo civil, dado que el frente de guerra estaba muy alejado», y sirvieron como «laboratorio de pruebas» para futuros crímenes. “Se trata de una actuación de bombardeos sistemáticos llevados a cabo por personas encuadradas en l’Aviazione Legionaria del ejército italiano, que no era parte en el conflicto civil desencadenado en España entre el 18 de julio de 1936 y el 1 de abril de 1939, tras la sublevación militar contra el gobierno legitimo de la República Española”, señala el auto.

La sala califica los hechos como delitos de lesa humanidad y crímenes de guerra, unos delitos que, recuerda el tribunal, no prescriben ni pueden ser amnistiados. Concluye que los bombardeos efectuados entre 1937 y 1939 suponen “la comisión de crímenes en masa castigados por la ley, por cualquier ley, en todo tiempo y lugar», por lo que «pueden y deben ser investigados por los tribunales españoles».

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